El presidente Alberto Fernández vetó este martes a través del decreto 696/20 dos artículos de la ley de ampliación del presupuesto que estaban incluidos en la versión original que el propio Ejecutivo había enviado al Congreso Nacional, hace apenas dos semanas. Son los artículos 18 y 19 que contemplaban créditos para las distribuidoras eléctricas -con Edesur y Edenor a la cabeza- y que el gobierno quería utilizar para negociar la Revisión Tarifaria Integral, la deuda que mantienen con CAMMESA y las próximas inversiones. La decisión refleja, una vez más, las internas políticas y la falta de coordinación dentro del oficialismo.
Qué decían los artículos
El artículo 18 les reconocía a las distribuidoras créditos equivalentes a tres veces la factura media mensual del último año que debían pagar en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
A su vez, en el artículo 19 se aclaraba que esos créditos serían aplicados solo a las distribuidoras que al 20 de octubre de este año no posean deuda en el MEM o hayan adherido a un plan de refinanciación con CAMMESA.
Ese plan de pagos no debía exceder las 60 cuotas mensuales. Además, las distribuidoras tendrían 12 meses de gracia y deberían tener que pagar una tasa de interés equivalente al 50% de la vigente en el MEM. El texto aclaraba que la tasa de interés diferida se aplicaría a partir del 1 de enero de 2019 para la determinación de la deuda que cada distribuidora se comprometiera a cancelar.
¿Cuál era la estrategia por detrás de la inclusión de los 2 artículos?
A grandes rasgos, el objetivo del Ministerio de Desarrollo Productivo era utilizar ese crédito como una moneda de cambio para negociar con las distribuidoras. El plan consistía, por un lado, en que el Estado les daba un crédito a las empresas para que puedan cancelar parte de la factura de energía que compran en el MEM, pero, por el otro, les exigía que mantengan cierto nivel de pago de esa factura.
Era una manera de garantizar la cobrabilidad dentro del sistema para evitar que se disparen los subsidios al sector eléctrico. En concreto, Desarrollo Productivo buscaba que, al menos, las empresas se comprometan a pagar un 70% de la factura mensual que deben abonarle a Cammesa.
A partir de los artículos que ahora derogó el Presidente, a las compañías que tienen deuda con CAMMESA se les pensaba ofrecer un plan de pagos y, de acuerdo a cómo avance la negociación, podrían imputar ese crédito como Valor Agregado de Distribución (VAD) atrasado. Por otra parte, las empresas que no tienen deuda con CAMMESA también podrían imputar ese crédito a VAD atrasado que podrían cobrarse dejando de pagarle a CAMMESA.
De ese modo, se sumaba la RTI a la mesa de negociación para intentar alcanzar un acuerdo sobre la recomposición atrasada que reclaman las empresas. El problema es que esa estrategia chocaba con el plan del kirchnerismo, diseñado por el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), que directamente solicitó la anulación de la RTI.
Qué es lo que pasó
El proyecto de ampliación presupuestaria pasó por la Cámara de Diputados sin mayores inconvenientes, pero cuando llegó al Senado el bloque oficialista, controlado por la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner, objeto esos dos artículos, por recomendación del interventor del ENRE, Federico Basualdo, por entender que robustecía el poder de las empresas al momento de negociar inversiones con el Estado.
El problema es que en el Senado se dieron cuenta de que si modificaban los artículos 18 y 19 el texto debería volver a Diputados. A raíz de ello, se decidió aprobar la ley, aunque la aprobación fue a cambio de que el presidente vetara los dos artículos que él mismo había enviado al recinto.
Qué dice el veto
En línea con las objeciones planteadas por el kirchnerismo, en los considerandos del decreto se afirma que “el reconocimiento de los créditos por parte de la norma analizada no implica ningún compromiso de inversión para las distribuidoras”. En Desarrollo Productivo sostienen que el objetivo era negociar esos compromisos a partir de la sanción de esta ley.
El veto también señala que “los referidos artículos no garantizan criterios de sostenibilidad, justicia y equidad entre ciudadanos y ciudadanas de las distintas provincias. Tampoco ponderan el estado operativo y técnico de la infraestructura y la capacidad económica y financiera de cada distribuidora, ni su forma jurídica de organización”.
Además, agrega que “la normativa debe permitir un cierto margen de flexibilidad para que la decisión última de realizar aportes del Tesoro sea facultad de la Autoridad de Aplicación en función de, entre otros aspectos, el contexto social de los usuarios y las usuarias del área de concesión, priorizando la obtención de un grado equivalente de desarrollo entre regiones, provincias y municipios”.
La decisión va en línea con el plan de la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner de anular las RTI negociadas por el macrismo, aunque todavía no está claro cuáles serán los próximos pasos después de que se convalide la decisión. Esa tarea estará a cargo del secretario de Energía, Darío Martínez. Lo único seguro por ahora es que la tensión con Edesur y Edenor aumentará.