El gobierno terminó de pulir el proyecto de Ley para avanzar con un nuevo régimen de promoción de la industria de hidrocarburos. A diferencia de la versión que circuló en marzo y que EconoJournal publicó en exclusiva, el texto ya no incorpora adecuaciones al régimen tributario. Por lo tanto, de los 36 artículos del primer borrador solo quedaron 12. Pese a ello, aún no cuenta con los votos necesarios para convertirse en ley porque el cristinismo dejó trascender que no acompañará la iniciativa que promueve el ministro de Economía, Martín Guzmán.
Actividades promocionadas
El objetivo del proyecto es promocionar el desarrollo y la inversión en la industria de hidrocarburos dando certezas sobre el régimen de exportación a los titulares de permisos de exploración y/o concesiones de explotación de hidrocarburos. No se limita únicamente a los sujetos que obtengan ingresos directos por la exploración y explotación de hidrocarburos, tanto convencionales como no convencionales, sino también a otras actividades vinculadas de manera directa al sector.
El listado de las actividades vinculadas incluye:
1) el transporte, compresión, separación, tratamiento y almacenaje de los hidrocarburos; 2) la industrialización de los hidrocarburos y sus derivados, a través de procesos que los utilicen como materia prima, incluyendo, sin limitación, la petroquímica, la producción de fertilizantes, la licuefacción de gas natural, la refinación de combustibles y demás procesos industriales;
3) la ejecución de obras de infraestructura energética que faciliten la logística, el transporte, el abastecimiento interno y la exportación de hidrocarburos y sus derivados, en cualquiera de sus estados de la naturaleza, y;
4) de manera general, la prestación de servicios asociados que sean necesarios para desarrollar las actividades señaladas
Podrán solicitar su inclusión en el régimen promocional los que presenten un proyecto que implique una inversión no inferior a los 50 millones de dólares.
Los beneficios
Los sujetos incluidos en el régimen de promoción gozarán del derecho a comercializar libremente en el mercado externo el 20% de la producción de hidrocarburos generados por dichos proyectos, con una alícuota de 0% de derechos de exportación y libre disponibilidad del 100% de las divisas.
Por su parte, las actividades vinculadas beneficiadas por el proyecto tendrán acceso al mercado de cambios para adquirir las divisas correspondientes con el producido del 20% de sus ingresos por venta y/o prestaciones de servicios en el mercado interno.
Lo que quedó afuera
El proyecto dejó de lado la autorización para importar combustibles sin impuestos, los cambios en la metodología de ajuste por inflación para el pago del Impuesto a las Ganancias, la creación de un régimen de quebrantos y la modificación del esquema impositivo al volver a las alícuotas variables de impuestos, en lugar de los cargos fijos.
Todos esos puntos quedaron fuera porque se le recomendó al gobierno no mezclarlos con el régimen de promoción y, en todo caso, impulsarlos a través de otro proyecto de ley.