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Resolución del Ente Nacional Regulador de la Electricidad
Garantizan 150 kWh a los usuarios prepagos de Edenor que no pueden pagar
Lun 6
abril 2020
06 abril 2020
La resolución 10, firmada por el interventor Federico Basualdo, es para avanzar con el cumplimiento del decreto 311/2020 que prohibió el corte del servicio por falta de pago durante un plazo de 180 días.
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El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) ordenó a la distribuidora Edenor ampliar a 150 kWh el monto de las recargas habilitadas para aquellos usuarios prepagos que no están en condiciones de abonar la luz a raíz de la crisis generada por el coronavirus. La resolución 10, firmada por el interventor Federico Basualdo, es para avanzar con el cumplimiento del decreto 311/2020 que prohibió el corte del servicio por falta de pago durante un plazo de 180 días.

El artículo 3 del decreto 311/2020 contempla a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo, beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos salarios mínimos (33.750 pesos), inscriptos en el monotributo social, jubilados, pensionados y trabajadores que perciban una remuneración bruta menos o igual a dos salarios mínimos, monotributistas inscriptos en las categorías cuyo ingreso anual mensualizado no supere dos salarios mínimos, beneficiarios del seguro de desempleo, electrodependientes, usuarios incorporados al Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares y exentos en el pago del ABL o tributos locales de igual naturaleza.

El artículo 4 estableció además que el Ministerio de Desarrollo Productivo podrá incorporar a otros beneficiarios “siempre que su capacidad de pago resulte sensiblemente afectada por la situación de emergencia sanitaria y las consecuencias que de ella se deriven”. “La merma en la capacidad de pago deberá ser definida y acreditada de acuerdo con lo que establezca la reglamentación”, agrega el texto, aunque la reglamentación todavía no salió.

El artículo 2 del decreto aclaró que “si los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de energía eléctrica no abonaren la correspondiente recarga para acceder al consumo, las empresas prestadoras deberán brindar el servicio de manera normal y habitual durante el plazo previsto”.  En respuesta a esa exigencia, Edenor informó al ENRE el 1 de abril sobre la implementación de un procedimiento para la recarga de energía destinado a quienes indiquen la imposibilidad de realizar la carga del Medidor Integrado de Energía a través de una comunicación con su Centro de Atención Telefónica. A esos usuarios, se les otorga un código correspondiente a un crédito de 85 kWh para garantizar justamente la continuidad del servicio.  Además, Edenor informó que a partir de este lunes implementaría a través de su página web o aplicación móvil, “Edenor Digital”, la posibilidad de optar por un crédito, denominado “Recarga SOS”, de forma autogestiva y automática por 70 kWh.

Ahora el ENRE resolvió que durante los 180 días que dure la prohibición de cortes por falta de pago “resulta razonable ampliar los créditos de 85 kWh y 70 kWh adoptados por Edenor S.A. a un monto, como mínimo, de 150 kWh, de forma tal de garantizar la prestación del servicio de manera normal y habitual”. “Dicha medida, busca reducir el número de recargas adicionales a realizar por los Usuarios y Usuarias, y de este modo generar menos ingresos a las plataformas virtuales o llamadas telefónicas, simplificando la gestión de los Usuarios y las Usuarias, además de la consistencia de los sistemas adoptados”, agrega la norma en sus considerandos.

El organismo regulador remarca que el objetivo es “garantizar el servicio de energía eléctrica de manera normal y habitual al universo de usuarios y usuarias que cuentan con el sistema de servicio prepago”. No obstante, Edenor informó que el 80% de los usuarios con medidor prepago habían tenido un consumo menor o igual a 308 kWh mensuales en promedio para los meses de enero y febrero de este año. Por lo tanto, se supone que cuando consuman esos 150 kWh la empresa debería garantizar al menos una nueva recarga mensual, pero la resolución no lo explicita.

EconoJournal consultó al ente regulador y fuentes del organismo aseguraron que «puede volver a solicitar una carga si no cuenta con los recursos o los medios para pagarla. La instrucción es que a través de esta medida la concesionaria garantice de forma normal y habitual el servicio para este segmento de usuarios y usuarias. Tal cual establece el Decreto 311/2020».

El decreto 311/20 ya había aclarado que el servicio no se brinda de manera gratuita sino que quien no puede pagar acumula una deuda. Por eso se estableció que las empresas prestadoras deberán otorgar a los usuarios “planes de facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas”, conforme a las pautas que establezcan oportunamente el Ministerio de Desarrollo Productivo y los respectivos entes reguladores.

0 comentarios

  1. Cada vez menos watt dan estamos en emergencia es una verguenza lo que hace el estado no te deja tranajar pero suben los servicios deberian dar en una carga del prepago de $200 unos 130watt ni la estufa se puede prender

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