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Ya habían sido desplazados por la intervención
La Fundación Pensar criticó la anulación de los concursos de los ex directores del ENRE
Vie 26
febrero 2021
26 febrero 2021
El think tank macrista defendió al comité que seleccionó a los directores, conformado por ex secretarios de Energía, y el procedimiento de elección. Además, sostuvo que la vía judicial es la única opción para revocar actos administrativos firmes de los que surgen derechos subjetivos. También pidió el fin de la intervención.
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La Fundación Pensar, el think tank vinculado al macrismo, cuestionó en duros términos la decisión del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) de anular las designaciones realizadas por concurso en el organismo durante el gobierno de Cambiemos con una decisión administrativa y sin haber hecho ninguna denuncia en la Justicia. A través de un comunicado firmado por su Equipo de Energía aseguraron que “la resolución del ENRE debe ser dejada sin efecto en forma inmediata, y el gobierno debe poner fin en el menor plazo posible a la intervención de los entes reguladores”

Para justificar la anulación de las designaciones, el ENRE, con la firma de la interventora Soledad Manin, cuestionó la conformación de los órganos de selección, el procedimiento de elección de los directores y las aptitudes personales, en especial éticas, de los funcionarios designados. El comunicado de la Fundación Pensar buscó replicar esos puntos.

Comité de selección

La resolución 38/21 remarca en sus considerandos que la integración del Comité de Selección «resultó arbitraria e infundada, en atención a que el mismo estuvo integrado por el Consejo Consultivo de Políticas Energéticas, cuerpo creado a partir de la Resolución Ex MEyM Nº 164 de fecha 26 de agosto de 2016, en las que se vieron alterados los principios de objetividad e imparcialidad debido a las marcadas tendencias políticas del grupo en cuestión”. “En ambas conformaciones de los Comités de Selección, no se respetaron los criterios de `…ecuanimidad e independencia de criterio en su pronunciamiento`, previstos en el artículo 58 del Decreto N° 1398/1992”, agrega el texto.

Los integrantes del Comité de Selección fueron los ex secretarios de Energía Emilio Apud, fugaz secretario de Energía de Fernando De la Rúa en marzo de 2001; Julio César Aráoz, secretario de Energía de Carlos Menem en 1989-1990; Alberto Enrique Devoto, secretario de Energía de Eduardo Duhalde en 2002-2003; Alieto Guadagni, secretario de Energía del dictador Jorge Bignone en 1982-1983 y de Eduardo Duhalde en 2002; Jorge Lapeña, secretario de Energía de Raúl Alfonsín en 1986-1988; Daniel Montamat, secretario de Energía de De La Rúa en 2000-2001 y Raúl Antonio Olocco, secretario de Energía de Alfonsín entre mayo y julio de 1989.

El grupo de los ex secretarios de Energía junto al ministro de Energía de Macri, Juan José Aranguren.

La Fundación Pensar respondió que “se conformaron comisiones evaluadoras integradas por referentes del sector, provenientes de distintos ámbitos –académico, sindical, empresarial, político- y, en el caso de la elección de los presidentes de cada ente, se convocó para ello al grupo de ex – Secretarios de Energía, quienes habían ocupado ese cargo durante gobiernos de distintas banderías políticas (peronistas y radicales) y son referentes históricos en el sector de esos partidos”.

Además, agregó que también se sumaron a la comisión evaluadora, por invitación del Ministerio de Energía, representantes de las comisiones de Energía del Senado y la Cámara de Diputados. “Se trató de un verdadero ejemplo de pluralismo, necesario para asegurar instituciones estables, que hagan posible la continuidad de políticas de Estado en el marco de la ley”, concluye el Equipo de Energía de la fundación macrista.

Los propios ex secretarios de Energía también cuestionaron la semana pasada la anulación de las designaciones y pidieron que se ponga fin a la intervención de los entes reguladores. “Es insólito que la intervención haya expresado como causa de nulidad de las designaciones que `el Grupo de Ex Secretarios de Energía` estaba invalidado para actuar como jurado por haber sido autores de la `Declaración de Compromiso sobre Política Energética` firmada en 2014 por el amplio espectro político democrático de nuestro país”, aseguraron.

Procedimiento de elección

En lo que refiere a la etapa de selección, la resolución del ENRE afirma que “no existieron parámetros objetivos para llevar a cabo las puntuaciones de los candidatos, quedando ello evidenciado en las actas que fueron elevadas sucesivamente a la Ex secretaría de Energía Eléctrica”. Además, se agrega que no se fijaron criterios previos para la confección de las ternas ni se remitió la documentación que acreditase la metodología y actuación llevada a cabo individualmente por los integrantes de los Comités de Selección.

La norma remarca también que en la convocatoria prevista para cubrir la Presidencia del Directorio, el Comité de Selección dispuso que se redujera el término previsto de 3 a 2 años para las incompatibilidades y conflicto de intereses regulado por la Ley N° 25.188.

Otro de los cuestionamientos es que se preveía la intervención de un grupo de especialistas, encargados de realizar una evaluación previa de los antecedentes de los candidatos, debiendo elevar los resultados al Comité de Selección, pero, según la resolución, fue finalmente el Comité de Selección integrado por el Consejo Consultivo de Políticas Energéticas el que absorbió la instancia de preselección, infringiendo las previsiones legales.

Por último, se afirma que la Ley 24.065 ordena al Poder Ejecutivo que previo a designar o remover a alguno de los miembros del directorio del ENRE, debe comunicar su decisión a una Comisión del Congreso integrada por 16 miembros. “No existió constancia alguna respecto a la conformación de la Comisión en ninguno de los procedimientos de selección convocados para la cobertura de cargos, limitándose el PEN a solamente informar las designaciones a los Presidentes de ambas Cámaras del Congreso, en infracción a las disposiciones legales previstas al respecto”, remarcan.

Desde la Fundación Pensar respondieron que la invalidación del proceso de normalización institucional de los entes reguladores llevada a cabo durante el gobierno anterior se hizo con medios “completamente arbitrarios e ilegítimos”. Si bien la carta no responde puntualmente a las distintas objeciones formuladas por el gobierno, cuestiona la decisión de la interventora Manin sin haberse presentado siquiera a la Justicia. «Se anulan los concursos y las designaciones mediante una resolución administrativa, sin acudir a la vía judicial, única vía válida para revocar actos administrativos firmes de los que surgen derechos subjetivos», agregan.

Solo responde puntualmente a la objeción referida a la no conformación de la comisión del Congreso. “Antes de efectuar la designación, el Poder Ejecutivo comunicó la elección a ambas Cámaras del Congreso, dando la oportunidad prevista en la ley para que éste exprese su opinión, sin que se hayan recibido objeciones de ningún tipo del Legislativo”, remarcan.

Fuentes del gobierno anterior agregaron a EconoJournal que el Poder Ejecutivo informó sobre la elección de los candidatos y esperó 30 días antes de efectuar las designaciones ya que no puede obligar al Poder Legislativo a constituir ninguna comisión. Efectivamente, la ley 24.065 dice en su artículo 59 que previo a la designación y/o remoción de directores del ente, “el Poder Ejecutivo deberá comunicar los fundamentos de tal decisión a una comisión del Congreso de la Nación integrada por 16 miembros que serán los presidentes y vicepresidentes de las comisiones que cada una de las Cámaras determinen en función de su incumbencia, garantizando una representación igualitaria de senadores y diputados. Esta comisión podrá emitir opinión dentro del plazo de treinta (30) días corridos de recibidas las actuaciones. Emitida la misma o transcurrido el plazo establecido para ello, el Poder Ejecutivo Nacional quedará habilitado para el dictado del acto respectivo”.

Luego el comunicado de la Fundación Pensar sostiene que “el ENRE carece absolutamente de competencia para expedirse sobre dichos actos, y de toda atribución legal para disponer sobre la designación o remoción de sus directores”.

Además, cuestiona el argumento de que no se afectaron derechos subjetivos porque los directores en cuestión no se encontraban ya en su cargo. “Omitió mencionar que eso es así porque los directorios fueron ilegítimamente desplazados a partir de la decisión de intervenir los entes, prevista en la ley de emergencia de diciembre de 2019 y concretada en marzo de 2020”.

Antecedentes de los directores

En la resolución 38/21 no solo se cuestiona al Comité de Selección y el procedimiento llevado adelante para elegir a los directores sino que también se hace referencia al “incumplimiento de las normas sustanciales relativas a la observancia de conflictos de intereses y ética en el ejercicio de la función pública en las designaciones llevadas a cabo”.

Si bien en la resolución no se dan mayores detalles sobre ese punto, en el comunicado oficial difundido el 18 de febrero se afirma que “el deber primario del funcionario público, según lo establece el Código de Ética, es el de lealtad con su país. Sin embargo, Andrés Chambouleyrón, ex Presidente del Directorio del ENRE, ha participado en arbitrajes internacionales en calidad de experto por diferentes demandantes contra la República Argentina, en la causa Azurix Corp. C. República Argentina (CIADI N° ARB/03/30) y Daimler Chrysler Financial Services AG c/República Argentina (CIADI N° ARB/05/1). Cabe mencionar que el Presidente Macri nombró como Vocal interino, durante el desarrollo de los concursos al Ingeniero Carlos Manuel Bastos, quien participó y participa en arbitrajes internacionales en calidad de experto y testigo de demandantes contra la República Argentina, en la causa AES Corporation C. República Argentina, Caso CIADI Nº ARB/02/17, la cual se encuentra en trámite a la actualidad y además intervino por la parte actora en varios precedentes en los que la Nación fuera demandada”.

En respuesta, el equipo de Energía de la Fundación Pensar sostuvo que “buscan justificación en expresiones genéricas y de peligroso sesgo totalitario, tal como la supuesta `falta de lealtad al país` u otras expresiones carentes de basamento legal y de contenido real”.

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