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Análisis del programa de incentivo a la producción de gas
¿Para qué sirve realmente el Plan Gas 4? Una mirada optimista de largo plazo
Lun 18
enero 2021
18 enero 2021
La principal consecuencia del PG4 es que, a diferencia del Plan Gas 1 o la Resolución 46, este contiene elementos que estimulan la contractualización a mediano plazo entre la demanda residencial y los productores domésticos
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Por Pablo Rueda, socio Martínez de Hoz & Rueda

La Argentina se distingue de sus países vecinos en cuanto a que el porcentaje de penetración del gas natural en su matriz energética es de aproximadamente un 25%, comparado, por ejemplo, con un 2% de Brasil.  Esta alta penetración se debe principalmente a su extensa red de distribución residencial, comparable con los países más desarrollados en gas natural, como por ejemplo los Países Bajos.

Este consumo residencial de gas natural tiene una alta estacionalidad en el invierno, característica que influye significativamente en todo el mercado mayorista de gas natural, y particularmente en la disponibilidad invernal de gas natural para las industrias, y el potencial de desarrollo de proyectos de exportación. Por ejemplo, la demanda promedio de julio 2019 fue de 150  millones de metros cúbicos por día, mientras que en marzo de 2019 fue de 102.  Esto crea el dilema que, aun en escenarios en donde nos sobra gas natural, hay períodos en que es necesario importar para cubrir los picos de invierno.  Es por ello que el reciente Plan Gas 2024 implementado por el Gobierno (PG4) adjudica distintos precios para el período estival (siete meses con un factor de descuento de 0.82) que para el período invernal (cinco meses con un factor incremental de 1.25).  Esto no solo reconoce la mayor demanda durante el invierno, sino que abre la puerta para futuros desarrollos de almacenaje de gas natural.

Otra característica que nos distingue de nuestros vecinos, es el gap entre lo que paga el consumidor residencial de gas natural y lo que cuesta el gas natural en el mercado interno (producción doméstica) o externo (importación). En 2015 el usuario residencial argentino pagaba un diez por ciento del costo del gas consumido. El saldo es subsidio, ya sea del Estado o del productor doméstico, al cual muchas veces se lo obliga a vender por debajo del mercado, congelando tarifas, impidiéndole exportar o creando derechos de exportación.  Este gap se redujo significativamente hasta el 2019 en que empezó nuevamente a aumentar.

En este escenario nace el PG4 a las apuradas a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 892/2020 del 16 de noviembre de 2020, intentando frenar la caída de la producción local del gas natural, producto de la coyuntura macro, el congelamiento tarifario de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública N° 27.541 y la pandemia. Es que la consecuencia de no ocuparse de la caída de producción doméstica,  es necesariamente el incremento de la importación de energía, sea gas natural, GNL o sus sustitutos más caros, gas oil y fuel oil.

Más allá del relato, para todo el espectro político, desde el Frente de Todos hasta Cambiemos, las principales necesidades públicas en materia de abastecimiento de la demanda residencial y de generación (el objeto del PG4), son las mismas:

  • La seguridad del abastecimiento, sustentado principalmente en una producción doméstica que desarrolle nuestros propios recursos y genere empleo; y
  • (ii) Precios domésticos residenciales en tarifas de gas y electricidad pagaderos en pesos, y cuyos ajustes traten de no superar la inflación.  Por otro lado, la principal necesidad de las empresas privadas (incluyendo YPF) para invertir a riesgo propio (en contraposición a invertir a riesgo del Estado) es contar con precios desregulados en dólares que les permitan viabilizar y recuperar sus inversiones.

Es por ello que el desarrollo de nuestros recursos gasíferos en el largo plazo depende de la conciliación eficaz de las referidas necesidades públicas y privadas. Es por ello también que nuestro histórico y recurrente fracaso en el desarrollo de nuestros recursos gasíferos, se debe justamente a la mala conciliación entre tales necesidades públicas y privadas. En 1992 decidimos que los usuarios residenciales paguen tarifas dolarizadas asumiendo que la Argentina nunca más iba a devaluar. En 2002 decidimos romper todos los contratos del sector energético y que los productores reciban por años un precio que no les permitía invertir en nuevos desarrollos.  Desde ese momento nacieron un montón de parches, ninguno de los cuales logró crear un marco sostenible de largo plazo que concilie los intereses públicos y privados en materia de gas natural.

Existen tres bolsillos de donde sacar la plata para solventar el costo del componente gas natural (el commodity) que consumen los usuarios residenciales de gas natural (ya sea como gas o como electricidad). 

  • El primer bolsillo es el de los consumidores residenciales a través de las tarifas que pagan a las distribuidoras.  Si no existen otros bolsillos, serán éstos quienes asuman el riesgo de una devaluación de la moneda argentina frente al dólar.
  • El segundo bolsillo es el bolsillo de cada uno de los argentinos, es decir el del Estado Nacional. Este bolsillo se usa por ejemplo cuando el Gobierno importa gas a precios superiores a los que pagan los usuarios en sus tarifas, o cuando a través del Plan Gas 1, 3 o 4, el Estado Nacional paga a los productores domésticos un precio superior al que pagan los usuarios en sus tarifas.  
  • El tercer bolsillo es el bolsillo de los productores domésticos.  Este bolsillo recién se usó desde el año 2002 con la Ley de Emergencia Económica N° 25.561 que congeló las tarifas de los servicios públicos, incluyendo las de gas natural y de electricidad.  Cuando el Gobiernos interviene los precios y los fija o congela en pesos, los productores domésticos asumen un subsidio cruzado y además el riesgo de la devaluación de la moneda argentina, como ocurre actualmente desde la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la emergencia pública N° 27.541.

Así, si bien es de interés público que los precios del gas natural pagados por la demanda residencial (primer bolsillo) sean lo más bajos posible, es igualmente cierto que existe  un interés público en que los precios que reciben los productores domésticos de gas natural (tercer bolsillo), sean suficientes para viabilizar inversiones en el desarrollo de los recursos hidrocarburíferos, para el abastecimiento de esa demanda residencial y de la demanda interna en su conjunto, evitando tener que  depender de la importación. Por ello, desde el escenario de escasez de la producción doméstica de gas natural que comenzó en el  año 2004, los gobiernos han intentado generar programas de incentivos de inversiones para la producción doméstica (por ejemplo: el Plan Gas 1 del período 2013/2017) transfiriendo riqueza del Estado Nacional (segundo bolsillo) hacia los productores domésticos (tercer bolsillo),  para compensar subsidios a consumidores principalmente residenciales (primer bolsillo). 

El PG4 concilia eficientemente los intereses públicos y privados en juego, garantizando a los productores domésticos un precio de compra de gas natural en dólares por cuatro años (ocho años para el off shore), precio que resulta de una licitación competitiva para abastecimiento de la demanda residencial y la demanda de generación, por hasta un volumen máximo de setenta millones de metros cúbicos día. Teniendo un horizonte de mediano plazo de demanda y precio, los productores están en condiciones de comprometer las inversiones necesarias para el sostenimiento de la producción.

La característica fundamental del Plan Gas 2024 para conciliar las necesidades públicas y privadas que permitan un sostenido abastecimiento en el largo plazo, es que en el caso de la demanda residencial, los compradores (las distribuidoras de gas como Metrogas, Centro o Naturgy), pagarán a los productores el precio que se establezca para cada período en sus respectivos cuadros tarifarios, y el Gobierno pagará cualquier diferencia, si alguna, entre el pecio en pesos de los cuadros tarifarios y el precio en dólares adjudicado a los productores, creando un mecanismo que permite amortiguar el impacto de eventuales devaluaciones del peso a los consumidores residenciales durante los cuatro años de vigencia del Plan Gas 2024.

Del lado de los productores, esa garantía del Gobierno tiene como contrapartida el compromiso de los productores de sostener las curvas de producción comprometidas en el PG4, dando así garantías al Gobierno en cuanto a la realización de inversiones, sostenimiento del empleo y desarrollo local del recurso.

Finalmente, como incentivo a lograr la mayor participación posible de los productores, el PG4 logra una efectiva compatibilización del mismo con sus planes antecesores, en particular el Plan Gas de la Resolución S.E. N° 46/2017, y establece una prioridad de otorgamiento de autorizaciones de exportación estivales, para aquellos oferentes que resulten adjudicados.

Obviamente existen otras miradas posibles, como por ejemplo la relación del PG4 con el DNU N° 1053/18 del Gobierno de Macri por el que el Gobierno asumió las diferencias de cambio producidas por la devaluación de principios de ese año, entre los cuadros tarifarios en pesos y los importes en dólares debidos por las distribuidoras a los productores.  Si bien el DNU N° 1053/18 fue derogado por este Gobierno, e incluso objeto de una causa penal, en definitiva tanto el PG4 como el DNU 1053, hacen lo mismo, es decir, establecer un mecanismo en donde, frente a una devaluación, el Gobierno asume diferencias de tipo de cambio entre el precio del gas que pagan los usuarios residenciales a través de sus tarifas en pesos, y lo que las distribuidoras de gas deben pagar a los productores en el marco de contratos de venta denominados en dólares.

También con el sombrero negativo, las garantías de cobro de los productores de los precios adjudicados en virtud del PG4, tienen procedimientos y riesgos asimilables a los pasados Plan Gas 1 y 3, todos los cuales de algún modo u otro fueron parcialmente incumplidos por todos los Gobiernos de turno.

Volviendo a una visión optimista y corriéndonos del corto plazo, es ahí donde se advierte el mayor potencial del PG4.  Como vimos, hasta la fecha no se ha podido conciliar los intereses públicos y privados involucrados en el abastecimiento de la demanda residencial de gas natural. Eso no solo afecta a los consumidores residenciales, sino que impacta letalmente en la contractualización en el largo plazo del sector industrial y de la exportación. 

La principal consecuencia del PG4 es que, a diferencia del Plan Gas 1 o la Resolución 46, este contiene elementos que estimulan la contractualización a mediano plazo entre la demanda residencial y los productores domésticos, y más importante aún, la contractualización de la producción doméstica con la demanda interna industrial y la exportación.  

Si las partes involucradas en el PG4 cumplen con sus compromisos, constituye una buena herramienta para generar señales adecuadas para que los productores retornen a la libre contractualización en el largo plazo de la demanda industrial doméstica, desaparecida desde la creación de las prioridades de despacho en favor de la demanda residencial en el año 2004.  Esta falta de contractualización, que pasa muchas veces desapercibida en el debate público, es realmente una condición fundamental para el desarrollo futuro de nuestro país con inversión privada a riesgo (en contraposición a invertir a riesgo del Estado).  Hoy la mayor parte de los proyectos de inversión en el mundo son financiados por bancos que, cuando no existen garantías de pago del gobierno, exigen al desarrollador fuertes contratos de largo plazo con sus proveedores y clientes que aseguren la viabilidad del proyecto y el repago del préstamo.   Contar con un suministro confiable de energía instrumentado en un contrato que asegure cantidad y precio, es uno de los condicionamientos más relevantes de cualquier proyecto de inversión sea de minería, petroquímica, automóviles, etc.

Por otro lado,  a partir del descubrimiento del yacimiento no convencional Vaca Muerta y la factibilidad técnico-comercial de su explotación mediante técnicas de estimulación no convencionales, la disponibilidad de la oferta doméstica de los hidrocarburos ya no depende de la existencia de reservas probadas.  Hoy, a diferencia de los noventa, sabemos que la Argentina cuenta con recursos suficientes para abastecer sus necesidades de gas natural por varias generaciones.  Por eso la disponibilidad de ese recurso depende esencialmente de crear las condiciones para la inversión en su desarrollo. Sin esa inversión, sabemos que el recurso existe, pero no podemos aprovecharlo.

Al contractulizar la demanda residencial en el mediano plazo, a través de un mecanismo que, de respetarse, concilia eficientemente el interés público y privado involucrado en el abastecimiento de la demanda prioritaria residencial, el PG4 viabiliza el retorno de los contratos de largo plazo en el mercado mayorista de gas natural, abriendo oportunidades para el desarrollo de otros importantes proyectos de inversión, tanto a nivel de la industria local, como en el desarrollo de Vaca Muerta a escala global. Amén.

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  1. excelente nota y me permito algunos comentarios. R 46 no fue diseñada para contractualizar el mercado, por que eso se hacía mediante el contacto directo entre compradores y vendedores, y estaba ocurriendo. R46 es un programa agresivo para sustituir importaciones por sobre todas las cosas. En este caso, plan gas 4 contractualiza teniendo al estado como parte indispensable, sin cuya participación no habría contractualización. Como todos los planes, la duración de PG4 es la de la de su vida regulatoria menos 1 año. Si al tercer año no hay algo que empalme con PG4, deberemos volver a desarrollar otro plan con la necesaria participación del estado. La contractualizacion sin la presencia del estado debería darse al finalizar PG4, pero tal como están las cosas hoy no parece posible que vaya a ocurrir. Lamentablemente

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