El Gobierno estableció que el decreto 192 de marzo de este año, que en su artículo 1° creó el Registro de Operaciones de Importación de Crudo y Derivados, tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre. Con el fin de este registro, se va a poder realizar importaciones de crudo y combustibles libremente en el país.
El Ejecutivo impulsó esta medida mediante el decreto 962/2017, que fue publicado hoy en el Boletín Oficial y que lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, el ministro de Energía y Minería, Juan José Aranguren, y el Jefe de Gabinete, Marcos Peña.
De esta manera, el Gobierno decidió “limitar la vigencia del mencionado Registro hasta el día 31 de diciembre de 2017”.
Este registro, creado el 20 de marzo y que concluirá el 31 de diciembre, es un sistema para moderar las importaciones de crudo y combustibles. La norma establece los productos que entran bajo su órbita, y deben ser autorizados por el Ministerio de Energía, tales como aceites crudos de petróleo, aceites crudos de mineral bituminoso, combustible para aviones, naftas y gasoil.
En concreto, el registro implica un requisito obligatorio y un trámite previo ineludible para la importación de crudo y combustibles.
A partir del 1º de enero de 2018, como declaró públicamente el ministro Aranguren, la importación de derivados será libre en el país.
La creación de este registro era uno de los puntos clave para que se libere el mercado del sector. La cartera energética ya impulsó la convergencia del precio local del petróleo y combustibles con los precios internacionales.