Aplicó la Ley 10.608
Bajo el paraguas de la nueva Ley, La Rioja revirtió 23 permisos de exploración de litio
1 de febrero
2023
01 febrero 2023
A dos semanas de la reglamentación de la Ley 10.608 que declara al litio como recurso estratégico, el gobernador de La Rioja estableció 23 zonas de interés en la provincia y revirtió permisos de cateos, prospección y exploración. Las áreas pasarán a investigación de la empresa provincial Energía y Minerales Sociedad del Estado (EMSE).
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El gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, declaró caducas y revirtió a la provincia 23 zonas mineras “de interés”, según establece la Ley 10.608 que declara estratégico al litio y promueve una mayor participación estatal en su exploración y producción. Lo hizo a través del Decreto 63 publicado este miércoles en el Boletín Oficial. Quintela avanzó con la aplicación de la norma sólo 14 días después de reglamentarla y a un mes y medio de que la Legislatura provincial la apruebe. Son 23 zonas con permiso de cateo, prospección y exploración, no se trata de concesiones mineras.

Las zonas que revirtió La Rioja pasarán a investigación por parte de Energía y Minerales Sociedad del Estado (EMSE), la empresa provincial que quiere impulsar el gobierno de Quintela para que desarrolle proyectos de litio. Tal como publicó EconoJournal la semana pasada, fuentes provinciales aseguran que la gobernación quiere terminar con la especulación inmobiliaria y replicar en EMSE un modelo similar al que realiza Jemse en Jujuy, que tiene participaciones en los proyectos mineros de litio junto al sector privado.

La ley causó rechazo en las cámaras empresarias y en los gobernadores de Catamarca, Jujuy y Salta, donde se encuentran casi el 100% de los proyectos de litio del país, ya que La Rioja por ahora cuenta con muy pocos desarrollos de exploración.

Caducar y revertir

Quintela revirtió las 23 zonas mineras a través del decreto 63, donde en el primer artículo establece “zonas de interés para la prospección, exploración, explotación, industrialización del litio, sus derivados y el agregado de valor a los productos obtenidos”, como permite la Ley 10.608.

En segundo artículo, el decreto de señala que “los permisos de cateo, prospección y exploración que se hubiesen otorgado por la autoridad minera en las zonas de interés quedarán caducos por efecto de lo dispuesto en la Ley 10.608”.

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