YPF escuchó el pedido de sus bonistas y accedió a modificar los términos y condiciones de la histórica reestructuración de deuda que lanzó la semana pasada por un total de US$ 6.600 millones. Los contratos de las Obligaciones Negociables (OB) que pretende canjear la petrolera se apoyan, en términos regulatorios, en la Ley de Sociedades argentina.
¿Qué dice esa normativa?
Establece que para conseguir el quórum en una asamblea extraordinaria convocada para reestructurar la deuda de la compañía se precisa de un 60% de participación de los tenedores. En tanto que para aprobar enmiendas en los títulos emitidos (bonos) se requiere del aval de la mitad de los participantes; es decir, del 31 por ciento. Esos números rigen para la primera convocatoria de canje. Si hay una segunda propuesta, como seguramente sucederá en este caso, la Ley de Sociedades instituye que para tratarla se necesita del 30% de participación para conseguir el quórum y de la mitad más uno (16%) para aprobarla.
Eso es lo que está escrito en los contratos de emisión de bonos que ahora quiere reestructurar la petrolera que preside Guillermo Nielsen. Sin embargo, a nivel global, el estándar es diferente: está instalado consuetudinariamente que para canjear una deuda se requiere del 50% de aprobación de los tenedores de bonos.
Planteo de inversores
“Fue el pedido de varios fondos. Su temor es que si aplica la Ley de Sociedades, YPF pueda cerrar la reestructuración sólo con un 15% de aprobación de los bonistas. Por eso, esos inversores hablaban de una actitud avasallante y malintencionada de la compañía”, explicó a EconoJournal un financiero que sigue de cerca la reestructuración.
Para descomprimir ese ruido, el CFO de la empresa, Alejandro Lew, que lidera el proceso de canje, accedió a dejar de lado la regulación local y a basarse en la normativa internacional. “YPF reafirmó su compromiso con sus inversores indicando que las modificaciones a los términos y condiciones de sus ONs únicamente serán efectivas respecto de cada serie si son aprobadas por tenedores representativos de más del 50% del capital de dicha serie”, explicaron a este medio allegados a la petrolera.
En los hechos, la petrolera cedió un derecho porque la letra chica de los contratos de emisión de ONs le daba la razón. Pero en pos de encaminar un canje complejo, optó por establecer las condiciones de borde que pedían los bonistas.
Pandemia
La situación se complicó un poco más porque, según explicaron varias fuentes del sector financiero, la pandemia afectó el funcionamiento de los sistemas de emisión de voto en asambleas virtuales como la de YPF. “El procedimiento para votar en contra de una reestructuración es más complejo que para votar a favor. Quienes se oponen tienen que mandar, por medio de brokers, una carta con una serie de certificaciones internacionales, que no es sencillo de conseguir en los plazos que prevé la reestructuración porque por la pandemia todo es más lento”, detalló una de las fuentes consultadas.
No es un tema que corresponda a YPF, pero aún así la empresa buscó la manera de ofrecer un procedimiento automático para aquellos que quieran votar en contra. Por lo general, cuando se lanzan reestructuraciones de este tipo, quienes manifiestan su voto lo hacen a favor. Los tenedores que se oponen directamente no participan del proceso y se entiende, de esa manera, que su voto es negativo. Por eso, fuentes de YPF aclararon que “todo tenedor que no presente sus ONs al canje será considerado como voto negativo para la solicitud de consentimiento”.
Fechas y plazo
YPF apunta a cerrar la negociación con los bonistas el 4 de febrero. Es probable que deba extender ese plazo. Sin embargo, no por mucho tiempo más. El 14 de febrero es la fecha tope para reestructurar el bono que vence el 23 de marzo por US$ 413 millones. El mercado descuenta que la petrolera mejorará las condiciones de la oferta de reestructuración. “Es lo que siempre pasa en este tipo de propuestas unilaterales. Siempre hay una espacio para mejorar la oferta”, concluyeron desde una consultora de Research.