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Quita de subsidios
El gobierno reformuló ad hoc el esquema de segmentación tarifaria en dos grandes niveles
Mié 26
julio 2023
26 julio 2023
Energía definió los precios mayoristas de la electricidad que estarán vigentes entre el 1° de agosto y el 31 de octubre. De los nuevos valores se desprende que la segmentación de tarifas, que originalmente estaba dividida en tres grupos de usuarios en función de sus ingresos económicos (altos, medios y bajos), ahora quedó planteada en dos grandes grupos por el solapamiento de los niveles 2 y 3. A raíz de eso, los hogares de alto poder adquisitivo ya pagan la energía seis veces más cara que el resto.
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El gobierno fijó los precios estacionales mayoristas de la electricidad con una suba de 17% para los meses de agosto, septiembre y octubre. Con los nuevos valores, queda en evidencia que se está generando una modificación en el diseño original del esquema de segmentación tarifaria. En los hechos, los usuarios de ingresos medios del Nivel 2 (que junto al Nivel 3 son casi el 70%), están quedando retrasados respecto a los precios que pagan los hogares de altos ingresos del Nivel 1 (representan un 33%).

La medida se publicó este miércoles en el Boletín Oficial a través de la resolución 612/2023, firmada por la secretaria de Energía, Flavia Royón. La consecuencia del actual esquema de segmentación tarifaria es que los usuarios residenciales del Nivel 1 (que también incluye a pequeños comercios) quedaron, en los hechos, en un bloque de precios mayoristas muy distanciados de los corren para el nivel 3. Esto está generando una reducción menor de los subsidios a Cammesa, la compañía que administra el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

Nivel 1 y 3

La aceleración de la quita de subsidios a las tarifas de luz y gas es un punto relevante en la negociación entre el gobierno y el FMI. En esa clave, el Ministerio de Economía a cargo de Sergio Massa, puso el foco en la quita sólo para los usuarios del Nivel 1. Según la resolución de la cartera energética, entre agosto y octubre los usuarios de altos ingresos (o que no se inscribieron en el Registro de Acceso a los Subsidios Energéticos -RASE-) pagarán a partir de agosto $ 22.578 por megawatt por hora (MWh) en las horas pico y $ 22.565 MWh en el valle (franja horaria de menor consumo).

Según el cuadro de la resolución publicada este miércoles, la diferencia del precio estacional con los usuarios de ingresos medios es sustancial. El Nivel 3 (en teoría, sectores medios), que tienen subsidiado el consumo mensual hasta 400 kW, tendrán un precio mayorista de $ 3.943 MWh en el pico y $ 3.568 MWh en el valle, es decir, seis veces menos que los hogares de altos ingresos (Nivel 1). Mientras que los usuarios de bajos ingresos del Nivel 2 tendrán un precio de $ 3.129 MWh en pico y $ 2.832 MWh en el valle.

Subsidios

En los primeros cinco meses del año los subsidios a la energía se redujeron un 11% respecto al mismo período de 2022, pero esta caída refleja centralmente el retraso de los pagos por parte del Estado a Cammesa, según explica el informe de junio de la consultora Economía & Energía. Los subsidios a Enarsa en junio fueron de US$ 628 millones, mientras que en el mismo mes de 2022 habían trepado a US$ 820 millones. En el caso de Cammesa, los subsidios en junio sumaron US$ 814 millones, mientras que en junio de 2022 habían alcanzado los US$ 927 millones, según la consultora.

La resolución 612 define los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el MEM entre el 1° de agosto y el 31 de octubre. La medida aclara que la suba de la electricidad para el caso de los usuarios residenciales del Nivel 1 “se ajusta el precio al valor sin subsidio”. En cambio, para los usuarios que pertenecen a los niveles 2 y 3 “se mantienen vigentes los valores actuales”.

El nuevo cuadro tarifario del precio mayorista estacional con quita de subsidios implica un aumento de 17% también para usuarios no residenciales para los segmentos con demanda mayor a 300 kilovatios (kW) o Grandes Usuarios de la Distribuidora (GUDIs); demanda no residencial con consumo menor a 300 kW; demanda de hasta 10kW para consumos de hasta 800 kW/h por mes y para los que se exceden de ese margen; y, por último, demanda no residencial mayor a 10 kW y menor a 300 kW.

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