Resoluciones 313/22 y 314/22
Polémica: el ENRE oficializó los nuevos cuadros tarifarios de Edesur y Edenor con vigencia retroactiva al 1 de septiembre
9 de septiembre
2022
09 septiembre 2022
Las resoluciones del ENRE aclaran que para los usuarios del Nivel 1, listado que incluye a los hogares de mayores recursos y a aquellos que no se inscribieron en el registro de subsidios por el motivo que fuese, la reducción de subsidios será del 20% en una primera etapa que va del 1 de septiembre al 31 de octubre. Eso implica subas para los hogares que van del 31,5% a 46,3%. Los topes al consumo subsidiado para los sectores medios siguen sin ser oficializados.
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El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) oficializó los nuevos cuadros tarifarios que deberán pagar los clientes de Edesur y Edenor que dejarán de percibir subsidios de manera gradual en un plazo de 6 meses. Pese a que las resoluciones fueron publicadas en el Boletín Oficial este viernes 9 de septiembre, en el artículo 9 de ambas normas se afirma que “la presente resolución entrará en vigencia a partir del día 1 de septiembre de 2022”. De este modo, el ENRE busca aplicar de manera retroactiva los aumentos. La otra novedad es que aún no se oficializó el tope de 400 kwh mensual a los consumos subsidiados que había anunciado el ministro de Economía Sergio Massa.

Las resoluciones 313/22 y 314/22, firmadas por el nuevo interventor Walter Martello, aclaran que para los usuarios del Nivel 1, listado que incluye a los hogares de mayores recursos y a aquellos que no se inscribieron en el registro de subsidios por el motivo que fuese, la reducción de subsidios será del 20% en una primera etapa que va del 1 de septiembre al 31 de octubre. El ajuste se aplica al precio estacional establecido en la resolución 605 del 28 de julio de este año. Entre los que no se anotaron en el registro de subsidios, los únicos exceptuados son los beneficiarios de tarifa social y de planes sociales, quienes fueron explícitamente excluidos de este aumento por la Secretaría de Energía.

Ese mismo porcentaje de quita regirá para los usuarios de demanda general no residencial (demandas Menores a 300 kW).

La asociación de consumidores DEUCO estimó que con los nuevos valores en esta primera etapa la suba de tarifas para un usuario R1 que consume hasta 150 kwh por mes el aumento será de 46,28%. Para los usuarios de las categorías de mayor consumo la suba es un poco menor. Por ejemplo, un R7 que consume entre 601 y 700 kwh por mes pagará un aumento de 31,5%.

La decisión de aplicar estos incrementos de modo retroactivo podría llegar a ser frenada si alguien decide impugnarla judicialmente, pues diversas fuentes públicas y privadas aseguraron a EconoJournal que los cuadros tarifarios recién entran en vigencia luego de su publicación en el Boletín Oficial y no antes. Fuentes oficiales de la Secretaría de Energía consultadas este viernes aseguraron que el aumento se regirá desde la publicación de las resoluciones, pero no es lo que dicen las normas.

Topes al consumo subsidiado

El gobierno también había anunciado que avanzaría con la aplicación de topes al consumo subsidiado de los sectores medios, pero las resoluciones que fijan las nuevas tarifas de Edesur y Edenor aclaran expresamente en su artículo 2 “que para los usuarios residenciales de los Niveles 2 y 3 continúa vigente el cuadro tarifario dispuesto en la Resolución ENRE N° 222/2022”. Es decir, por ahora no habrá cambios.

Al igual que ocurre en el caso del gas, las distribuidoras eléctricas no han recibido ninguna directiva sobre este punto y las fuentes oficiales consultadas por EconoJournal se negaron a dar cualquier tipo de precisión sobre el tema.

Una fuente conocedora del marco regulatorio, aseguró a este portal que, si el gobierno finalmente decide avanzar con la fijación de topes al consumo subsidiado de los sectores de ingresos medios, deberá ser la Secretaría de Energía, y no el ente regulador, la encargada de dictar una resolución al respecto, del mismo modo que ocurrió con la tarifa social. A su vez, será necesario modificar el decreto 332/22 ya que esa norma fija un tope de aumento para los sectores medios equivalente al 80% de la variación registrada por el Coeficiente de Variación Salarial en 2021 y ese tope ya se alcanzó con los aumentos de junio. Por lo tanto, cualquier otro ajuste violaría ese decreto si antes no se lo modifica.

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