Mar del Plata
La medida cautelar contra el offshore pondrá a prueba la pericia de Carlos Zannini y la gestión de Cecilia Nicolini
12 de febrero
2022
12 febrero 2022
El juez federal de Mar del Plata Santiago Martín dictó ayer una medida cautelar que frenó el proyecto de exploración offshore de Equinor en la costa atlántica. El gobierno adelantó que apelará el fallo. La responsabilidad en el diseño y ejecución de la estrategia legal recaerá en el procurador del Tesoro, Carlos Zannini, que ya se involucró personalmente en el frente judicial que enfrenta el Estado. Cabandié se despegó del tema y delegó la apelación de Ambiente en manos de Cecilia Nicolini.
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El juez federal de Mar del Plata Santiago Martín dictó ayer una medida cautelar que determinó la suspensión del proyecto de exploración offshore operado por la empresa noruega Equinor a más de 300 Km de las costas de Mar del Plata. El gobierno adelantó que apelará el fallo de primera instancia. Por lo que la responsabilidad en el diseño y ejecución de la estrategia legal recaerá en Carlos Zannini, que desde la Procuración del Tesoro dirige el cuerpo de abogados que defiende los intereses del Estado.

Fuentes allegadas a Ambiente indicaron a EconoJournal que en enero Zannini se interiorizó personalmente del frente judicial que enfrenta al proyecto offshore de Equinor, Shell e YPF. A futuro deberá coordinar el plan de acción con los abogados de la Secretaría de Cambio Climático, que desde la semana pasada está a cargo de Cecilia Nicolini, asesora de confianza del presidente Alberto Fernández en lo que fue la negociación por la compra de vacunas con Rusia y China.

Una de las interrogantes que resta resolver es cuál será el nivel de involucramiento de Nicolini con la exploración offshore de hidrocarburos. Sobre todo porque su antecesor en el cargo, Rodrigo Rodríguez Tornquist, estuvo dos años sin autorizar la sísmica 3D de las áreas offshore y suspicazmente abandonó el puesto días antes de que el ministro de Ambiente, Juan Cabandié, firmara el 30 de diciembre la resolución que habilitó el proyecto. Fuentes de la industria y del gobierno coinciden en que Rodríguez Tornquist abandonó su posición para no tener que avalar formalmente un proceso al que, por lo bajo, siempre se opuso.

El propio Cabandié buscó despegarse ayer, en declaraciones a C5N, de la responsabilidad de levantar la medida cautelar que dictó el juez Marino. Es más, advirtió que el tema estará en cabeza de Nicolini.

Actores

La medida cautelar de ayer responde al planteo de las organizaciones ambientalistas y del intendente de Mar del Plata, Guillermo Montenegro, quienes apuntaron contra el accionar del Estado, la Secretaría de Ambiente, y de Energía alegando que el proyecto supone un riesgo para la playa, la fauna marina y las actividades sociales, culturales y deportivas que se dan en torno al mar.

El secretario de Energía, Darío Martínez, se refirió a la decisión del Juzgado Federal N°2 de Mar de Plata y aseguró que desde la secretaría están convencidos de que “la exploración y la producción Offshore es segura, no contamina, no perjudica la fauna Marina, y por el contrario, genera recursos para el país, trabajo genuino y actividad económica para las localidades desde donde se opere el desarrollo de esta actividad”.

Además, Martínez reveló que se apelará la medida y que los abogados del Ministerio de Ambiente, del Ministerio de Energía y la Procuración, se encuentran analizando el fallo, y preparando la presentación judicial correspondiente.

El juez advirtió que “las autoridades competentes no habrían cumplido con el estándar de máxima publicidad que las obliga a poner a disposición del público y difundir la información ambiental relevante para sus funciones de manera sistemática, proactiva, oportuna, regular, accesible y comprensible”.

Esto dio como resultado la paralización del proyecto hasta que se analice la cuestión de fondo del plan que se dictó desde el Gobierno cuyo objetivo fue habilitar la Campaña de Adquisición Sísmica offshore.

Las tres cuestiones claves del fallo

  • El cumplimiento defectuoso de los estándares sobre información y participación que se desprenden de la legislación vigente y del Acuerdo de Escazú (Ley 27.566).
  • La inexistencia de una instancia de consulta al Municipio de General Pueyrredón en el proceso de toma de decisión.
  • Las falencias del Estudio de Impacto Ambiental derivadas de la insuficiente proyección sobre los impactos acumulativos de las exploraciones a realizarse sobre el Mar Argentino.

Además, el juez aseveró que “la empresa Equinor deberá abstenerse de iniciar las tareas de exploración vinculadas al proyecto referido”.

También consideró que la empresa noruega “no ofrecería certezas de que no se producirán las superposiciones temporales o territoriales en las tareas de prospección, quedando abierta esa cuestión a una ‘planificación posterior’, lo que de por sí resultaría una explicación insuficiente de cara al principio de prevención que debe regir toda la planificación de exploración sísmica”. Ese principio hace referencia a la prevención de daños sobre el ambiente que pueden producir las actividades antrópicas.

Desde las ONG se refirieron al el impacto en los peces, los mamíferos e invertebrados marinos, haciendo especial hincapié en la ballena franca y los posibles daños “como consecuencia de la exposición al sonido irradiado por una campaña sísmica”.

En relación a lo anterior, se explica que la medida responde a “la eventualidad de un perjuicio irreparable derivado de la ejecución de las tareas de exploración, de conformidad con lo establecido en el artículo 232 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, y por resultar aplicable al caso el principio precautorio previsto en el artículo 4o de la Ley 25.675”.

Por su parte, el ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Juan Cabandié, expresó que fue la primera vez que el ministerio que encabeza “estuvo en el procedimiento de evaluación ambiental”. Además, aseguró que estarán presentes con técnicos académicos relevando el proceso y explicó que la Secretaría de Cambio Climático se encargará de este tema que le compete, pero que se encuentran trabajando en conjunto para analizar esta situación.

El proyecto

El Gobierno había aprobado, a través del Decreto N° 900/21 publicado en el Boletín Oficial,  los estudios de exploración sísmica- a fin de analizar la riqueza del subsuelo marítimo- llevados a cabo por la petrolera noruega Equinor, en conjunto con YPF y Shell- en tres áreas offshore del Mar Argentino (CAN 100, 108 ubicadas a 307 kilómetros de la costa de Mar del Plata y CAN 114 que está a 443 Km).

YPF estimó que sólo con CAN 100 se podrían llegar a producir 200 mil barriles de petróleo por día, número que equivale casi a la misma cantidad de producción de la empresa estatal.

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