La Argentina fue sede de la segunda reunión extraordinaria de la Conferencia de las Partes (COP) del Acuerdo de Escazú, un tratado regional que busca dar garantías en asuntos ambientales abordando diferentes ejes: el acceso a la información, la participación pública y el acceso a la Justicia. Este acuerdo se consolidó en Escazú (Costa Rica) el 4 de marzo de 2018 y entró en vigencia el 22 de abril de 2021.
En esta oportunidad, autoridades y representantes de los países adherentes de América Latina y el Caribe se reunieron en Buenos Aires para definir a los primeros integrantes del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento. El Acuerdo de Escazú funciona entonces como un órgano consultivo en temas ambientales, que intenta ser una herramienta para que la sociedad civil pueda utilizar y así participar en las decisiones que puedan tener un impacto sobre el ambiente o la salud de la comunidad.
Países adherentes
Actualmente, son 15 los países de la región que adhieren a este tratado en representación de América Latina y el Caribe: Antigua y Barbuda, Argentina, Bolivia, Ecuador, Guyana, México, Nicaragua, Panamá, San Vicente y las Granadinas, Saint Kitts y Nevis, Santa Lucía y Uruguay. Los últimos incorporados, fueron Chile, Belice y Granada. Brasil, país firmante del acuerdo en 2018, si bien estuvo presente durante la jornada, aún no forma parte de la COP aunque se espera que suceda pronto.
Su presidente, Lula da Silva, aseguró que fomentará la aceleración de la ratificación del tratado en el corto plazo. Por otro lado, países como Perú han rechazado el acuerdo en el Congreso, con varios argumentos en contra, algunos por considerar este tratado como un derecho subjetivo que empodera a las organizaciones civiles (ONG), las cuales se encontrarán en la posición de objetar decisiones de gobierno. Otros apuntaron ante la inexistencia de la naturaleza como sujeto de derecho, entre otros motivos. En el caso de Colombia, su presidente Gustavo Petro firmó la ratificación y está a la espera de la aprobación por parte de la Corte Constitucional. También está el caso de Costa Rica, país que lideró el proceso de trabajo para la consolidación del acuerdo, no pudo con la ratificación en el Congreso y archivó el acuerdo en febrero de este año.
Esta segunda Conferencia de las Partes se realizó con el fin de elegir a las y los primeros integrantes del Comité de Apoyo a la Aplicación y el Cumplimiento, que en el caso argentino se definió que esté representado por Andrés Nápoli, director ejecutivo de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). El resto del Comité se definió que esté incluído por Guillermo Eduardo (Chile); Blengio Valdés, Mariana (Uruguay); Joseph-Olivetti, Rita Leonette (Granada); Madrigal Cordero, Patricia (Costa Rica); Stephens, Carole Denise Angela (Jamaica); y Wing Solís, Félix (Panamá). Ellos serán los encargados de recibir las denuncias y elevarlas a la Comisión Directiva, para luego realizar sugerencias a los Estados por incumplir con el tratado.
Participación temprana
El Acuerdo de Escazú establece que la sociedad puede solicitar información de las operaciones a las autoridades sin motivo alguno y recibirla con un plazo máximo de 30 días. Además, llama a garantizar la participación del público desde las etapas iniciales del proceso de toma de decisiones, instancia que ya sucedía a través de las Audiencias Públicas, pero hace hincapié sobre todo en la difusión de los proyectos ante la sociedad civil bajo ciertos estándares de temporalidad.
Entre ellos, está el “proceso de consulta temprana”, el cual implica que las empresas deban facilitarle a la ciudadanía la información correspondiente acerca de las operaciones que deseen llevar a cabo inclusive previo a su aprobación, lo que demoraría a los mismos. Si bien el eje del tratado es la defensa de los recursos y el cuidado del medio ambiente, así como la de los derechos de los defensores ambientales, los países adherentes aseguran que no se contradice con el desarrollo ni con la soberanía nacional. Aunque el mismo funciona como herramienta que podría derivar en la intervención de las decisiones tomadas por cada país acerca de su propio desarrollo productivo, dado que una consulta pública podría concluir con la suspensión de los proyectos.