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OPINIÓN
Límites a las emisiones de Gases de Efecto Invernadero en la industria hidrocarburífera
11 de abril
2024
11 abril 2024
En esta nota de opinión, Verónica Tito, abogada, magister en Gestión de la Energía y consultora en Regulación Energética, Transición y Sustentabilidad en Akribos Energy, advierte sobre la ausencia de exigencias legales e incentivos fiscales relacionados con los límites de emisiones en la Argentina.
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Los conceptos de seguridad y transición energética, instalados con mayor énfasis a partir del conflicto bélico entre Rusia y Ucrania, evolucionaron rápidamente hacia un consenso general, nacional e internacional, en la necesidad, por un lado, de desarrollar con mayor rapidez tecnologías de generación de energía a partir de fuentes renovables y de descarbonizar todos los sectores de la economía, por el otro.

Al respecto, la medición y reducción de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) es un aspecto que los países han abordado a través de distintas estrategias de incentivo o sanción.

Medición y reducción de emisiones

En la Argentina, durante 2022 y 2023 se puso énfasis en implementar herramientas de fomento al desarrollo de la industria del hidrógeno de bajas emisiones. Durante el segundo semestre de 2023, se envió al Congreso un proyecto de “Ley de Promoción del Hidrógeno de bajas emisiones de carbono y otros gases de efecto invernadero” y se publicó la “Estrategia Nacional para el Desarrollo de la Economía del Hidrógeno”.

Particularmente el citado proyecto de ley prevé que se fijen estándares de emisiones de carbono y gases de efecto invernadero aplicables a los procesos de producción de cada tipo de hidrógeno, los que deberán ser establecidos conforme parámetros reconocidos internacionalmente y ser unívocos para todos los proyectos a desarrollarse en el Territorio Nacional.

Por otra parte, la Secretaría de Energía dictó el 30 de noviembre de 2023 la Resolución N° 970/23 en virtud de la cual se creó el “PROGRAMA NACIONAL DE MEDICIÓN Y REDUCCIÓN DE LAS EMISIONES FUGITIVAS DERIVADAS DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN DE HIDROCARBUROS”. La misma contempla la presentación de un Plan Anual de Medición de Emisiones Fugitivas y de un Plan Integral a cinco años, de reducción y/o captación de emisiones fugitivas, que deberá “implementar medidas concretas, priorizando la eficiencia y aprovechamiento del recurso gas, y la reducción y/o captación de emisiones”. Esta norma requiere de una reglamentación que a la fecha no ha sido dictada.

Verónica Tito

Proyectos de Ley

En paralelo varios proyectos de ley fueron presentados por distintos partidos políticos al Congreso Nacional, con el objetivo de implementar sistemas de GEI y medición de huella de carbono. Uno de ellos específicamente propone establecer presupuestos mínimos de protección ambiental de gestión de emisiones de metano en el sector de hidrocarburos.

Más allá de estos esfuerzos regulatorios y sin perjuicio de las políticas de sustentabilidad y eficiencia energética internas de cada empresa, aún no hay en la Argentina una exigencia legal o un incentivo fiscal relacionado con los límites de emisiones.

Sin embargo, el actual gobierno ha dado señales claras en tal sentido.  Al respecto, el primer proyecto de  “Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” facultaba al Poder Ejecutivo Nacional a asignar derechos de emisión de GEI a cada sector y subsector de la economía compatibles con el cumplimiento de las metas de emisiones de GEI comprometidas por el país para el 2030 y sucesivas; y por el otro a establecer anualmente límites de derechos de emisión de GEI, de cumplimiento anual y obligatorio para todos los sujetos del sector público y privado.

Propuestas regulatorias

Si bien el actual borrador del nuevo proyecto de Ley de Bases ya no contempla esta propuesta normativa (se eliminó por completo la Sección IX del Capítulo IX – Energía,  que trataba sobre la Transición Energética), el Decreto N° 293/24 dictado el pasado 5 de abril, que aprobó el nuevo organigrama de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de subsecretaría, revela que entre los objetivos de la Secretaría de Energía se encuentran el de participar en la planificación de políticas e implementación de programas tendientes al cumplimiento de las metas de emisiones de Gases de Efecto Invernadero (GEI) comprometidas por el país”, poniendo en cabeza de la actual Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético la tarea de proponer medidas y regulaciones que establezcan límites de derechos de emisión de cumplimiento obligatorio para todos los sujetos del sector público y privado; así como implementar procedimientos de asignación de derechos de emisión gratuitos a cada sector y subsector de la economía, para el cumplimiento de las metas de emisiones de GEI del país.

Habrá que aguardar entonces estas propuestas regulatorias encomendadas a la autoridad de aplicación energética y si se decide avanzar o no con la reglamentación de la Resolución S.E. 970/23. De cualquier modo, el tema está instalado, la industria lo contempla, existen prácticas recomendadas por el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas (IAPG) al respecto, pero hay incertidumbre sobre el alcance de las futuras limitaciones a las emisiones, su implementación y especialmente su eventual régimen sancionatorio.

Mientras tanto, el mundo aborda la temática discriminando aquellos productos que en su cadena de valor tengan mayores emisiones. Como informó este medio en su publicación del 11 de abril, el Parlamento Europeo votó un acuerdo con los países de la Unión Europea para avanzar en una reglamentación en virtud de la cual quienes pretendan exportar GNL y petróleo a ese mercado deberán cumplir con ciertos requisitos de monitoreo, reporte y verificación en las emisiones de metano, a partir de enero de 2027.

*Abogada y Magister en Gestión de la Energía. Consultora en Regulación Energética, Transición y Sustentabilidad (Akribos Energy).

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