El Ente Nacional Regulador del Gas resolvió que las distribuidoras de gas que no están pudiendo leer los medidores por la cuarentena estimen los consumos de los hogares para la facturación utilizando el menor registro correspondiente al mismo período entre los años 2017, 2018 y 2019. El Reglamento de Servicio de las Licenciatarias contemplaba hasta ahora la posibilidad de tomar el promedio del mismo período de los últimos dos años y no el período más bajo dentro de los últimos tres años. Por lo tanto, se espera que la medida beneficie a los usuarios residenciales.
A raíz de las quejas de muchos comercios y empresas que permanecen cerrados por la cuarentena y les están calculando la facturación a partir de un estimado promedio del consumo del mismo período de los últimos dos años, Enargas publicó la semana pasada la resolución 25/20 donde dice que las distribuidoras podrán tomar el estado de medidor bajo declaración jurada del cliente. Ahora esa norma es complementada por la resolución 35/20 que beneficia marginalmente a los clientes residenciales y aquellos no residenciales que se hayan visto imposibilitados de utilizar los mecanismos previstos en la resolución 25/20.
No obstante, las diferencias que se detecten cuando se vuelva a realizar la lectura del medidor se resolverán del siguiente modo:
1) Si el consumo estimado termina siendo superior al real, la diferencia a favor del usuario deberá ser reintegrada en la primera factura que se haga a partir de la lectura real.
2) Si el consumo estimado termina siendo inferior al real, la diferencia a favor de la distribuidora podrá pagarse en 3 cuotas iguales en las facturas emitidas con consumos a partir del 1 de septiembre. Esto llevará a que los usuarios paguen los montos adeudados recién a partir de las facturas de octubre en adelante.