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Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad
Publican el decreto de unificación de los entes reguladores y la Secretaría de Energía deberá seleccionar cinco candidatos para el nuevo directorio
7 de julio
2025
07 julio 2025
El gobierno oficializó la fusión en una sola estructura del ente regulador del gas y la electricidad. El directorio del ente regulador unificado tendrá cinco miembros: un presidente, un vicepresidente y tres vocales. La Secretaría de Energía seleccionará los nombres de los candidatos, pero todos los cargos serán designados por el gobierno nacional. Previo a la designación del directorio, una comisión del Congreso podrá emitir su opinión.
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El gobierno publicó este lunes en el Boletín Oficial el decreto 452 que unifica los entes reguladores de los servicios públicos de gas natural y la electricidad en el país. En los hechos, oficializó la creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que llevará adelante las funciones que vienen desempeñando el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Enre) y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Enargas). El nuevo organismo deberá comenzar a funcionar dentro de los próximos 180 días. El directorio que se hará cargo del ente regulador unificado será designado por la Secretaría de Energía, que tendrá que elevar la propuesta de los candidatos al gobierno nacional para que finalmente lo apruebe.

El Enre regula el sector de generación, transporte y las distribuidoras Edesur y Edenor en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). Mientras que el Enargas regula los segmentos de transporte y distribución de gas de todo el país. En la actualidad, el interventor del Enre es Osvaldo Rolando y el del Enargas es Carlos Casares. El nuevo organismo, creado por el artículo 161 de la Ley Bases, unificará las funciones de ambos a partir de una nueva estructura. La sede estará en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El nuevo ente estará en la órbita de la Secretaría de Energía y tendrá autarquía, independencia funcional y presupuestaria y “plena capacidad jurídica para actuar en los ámbitos del derecho público y privado”, según indica el artículo 2 del decreto. El personal actual del Enre y Enargas será transferido al nuevo organismo hasta que se determine la nueva estructura, aclara el decreto.

El gobierno también publicó este lunes el decreto 451 para que la Ley 24.076 que establece el marco regulatorio del gas natural en el país, recepte al nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad.

Nuevo directorio

El directorio del ente regulador unificado tendrá cinco miembros: uno será el presidente, otro el vicepresidente y los otros tres serán vocales. Todos los cargos serán designados por el gobierno nacional, según destaca el decreto en el artículo cuatro. La Secretaría de Energía tendrá 30 días para iniciar el proceso de selección de los miembros del directorio, que tendrá que elevar para su aprobación final al Poder Ejecutivo Nacional (PEN), según subraya el artículo cinco.

El artículo seis remarca que “los miembros del directorio serán seleccionados entre personas con antecedentes técnicos y profesionales en la industria del gas y de la electricidad. Sus mandatos durarán cinco años y podrán ser renovados en forma indefinida. Cesarán en sus mandatos en forma escalonada cada año. Al designar el primer directorio, el Poder Ejecutivo Nacional establecerá la fecha de finalización del mandato de cada uno para permitir el escalonamiento”.

Previo a las designaciones, el gobierno nacional deberá comunicar los fundamentos de la elección de los miembros del directorio a una comisión del Congreso conformada por senadores y diputados. Esta comisión bicameral deberá emitir su opinión en un plazo de 30 días.

El artículo siete aclara que “en caso de no constituirse la referida comisión del Congreso de la Nación en el plazo de 10 días corridos contados desde la comunicación indicada, el Poder Ejecutivo Nacional comunicará los fundamentos de las designaciones o remociones a los presidentes de ambas Cámaras. Transcurridos 30 días corridos desde tal comunicación, el PEN quedará habilitado para el dictado del acto respectivo”.

Según el artículo ocho, “los miembros del directorio no podrán ser propietarios ni tener interés alguno, directo o indirecto, en empresas reconocidas como actores del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), ni en empresas reconocidas como sujetos activos de la industria del gas natural, ni en empresas controlantes o controladas por las anteriores”. Los miembros del directorio tendrán dedicación exclusiva en sus funciones y solo podrán ser removidos de sus cargos por acto fundado del el gobierno nacional.

Presupuesto y recursos

El nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad “confeccionará anualmente su presupuesto, estimando razonablemente los gastos e inversiones correspondientes al próximo ejercicio. El proyecto de presupuesto será publicado en la página web del Ente, previo a su elevación por el PEN, dando oportunidad a los transportistas, distribuidores, almacenadores, comercializadores, usuarios y consumidores a objetarlo fundadamente sin carácter vinculante”, señala el artículo 13.

Los recursos del organismo saldrán de los ingresos por el cobro de la tasa de fiscalización y control de las leyes 24.076 y 24.065; fondos, bienes y recursos que puedan serle asignados según la regulación; los intereses y beneficios por la gestión de sus propios recursos; y los ingresos provenientes de la venta de obleas para Gas Natural Vehicular o de otros derechos de inscripción que determine.

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