El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) actualizó los montos de las multas económicas para las empresas gasíferas que estaban establecidos desde del año 2001. Los valores de las sanciones iban desde los 100 pesos hasta un tope máximo de 100.000 pesos, una suma totalmente desactualizada y fuera de cualquier parámetro económico.
Mediante la resolución 107/2017, publicada hoy en el Boletín Oficial, el Enargas actualizó luego de 16 años los valores de las multas para las empresas del sector. “Resulta oportuno y conveniente adecuar a la realidad económica actual los montos mínimos y máximos de las multas y establecer un mecanismo de actualización”, advierte el texto del ente regulador.
El nuevo valor establecido por el Enargas a partir de hoy va desde 1.400 pesos hasta 1.400.000 pesos para terceros no prestadores, cuando antes tenían un tope de 100.000 pesos.
También se actualizaron las multas para las licenciatarias, ya que pasaron de valores que iban desde 100 hasta 500.000 dólares a los montos actualizados hoy, que van desde los 2.800 hasta 14.000.000 de pesos.
Desde la devaluación de 2001 que no se actualizaba el valor de las multas para empresas gasíferas que cumplen la normativa establecida por el Enargas.
La escala para la aplicación de las multas para los terceros fue actualizada por el índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) y, para el caso de las licenciatarias, se consideró como base la sumatoria de los ingresos regulados (margen bruto de la actividad) hasta diciembre de 2016.