El Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), que el gobierno nacional impulsó través de la Ley Bases, fue aprobado este miércoles por el Senado. El capítulo destinado al Régimen obtuvo 38 votos afirmativos y 32 negativos.
El RIGI, que promete una serie de beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios que corren detrás de un objetivo más grande: impulsar grandes inversiones extranjeras y nacionales, también fue acompañado por tres senadores de Unión por la Patria, Sandra Mendoza (Tucumán), Guillermo Andrada (Catamarca) y Carolina Moisés (Jujuy).
Un informe de KPMG Argentina, elaborado por Gonzalo Brest, socio de Tax & Legal, y Lisandro Yolis, gerente de Tax & Legal, enumera los alcances e incentivos que engloban al RIGI, como así también el impulso que podría otorgarle al crecimiento y desarrollo de las industrias mencionadas.
Allí se describe que el fin de este proyecto de ley es el de crear un marco que brinde certidumbre, seguridad jurídica y protecciones especiales a los sectores considerados de mayor potencial para el desarrollo económico del país, como Agroindustria, Minería, Energía, Gas y Petróleo, Tecnología e Infraestructura.
“El RIGI, sustentado en la Cláusula del Progreso de la Constitución Nacional, ofrece una serie de beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios, así como estabilidad normativa y protección contra abusos estatales, con el fin de incentivar inversiones a largo plazo”, precisa el informe.
El trabajo realizado por KPMG se pregunta “¿por qué es importante el RIGI para el desarrollo del país?”. En sintonía con lo expresado por Horacio Marín, CEO y presidente de YPF, quien indicó que “sin el RIGI no hay construcción de la planta de LNG en la Argentina”, el mismo informe se responde: “Este panorama requiere un abordaje con iniciativas destinadas a crear un ambiente propicio para la generación de negocios”.
Alcances
Entre los principales aspectos, el trabajo de KPMG enumeró una serie de alcances para un régimen que establece un plazo de adhesión de dos años, prorrogable por un año más. Entre ellos se destacan:
Inversión mínima. El monto mínimo de inversión en activos computables es de al menos 200 millones de dólares de los cuales, al menos, el 40% deberán invertirse en los primeros dos años desde la notificación de aprobación del régimen
Inversiones de largo plazo. Se establece que las inversiones deberán ser consideradas de largo plazo, definidas como aquellas cuyo cociente sea no mayor al treinta por ciento (30%) entre: a) el valor presente del flujo neto de caja esperado, excluidas inversiones, durante los primeros tres años a partir del primer desembolso de capital; y b) el valor presente neto de las inversiones de capital planeadas durante ese mismo período.
Inversiones en activos computables. Todas aquellas que estén destinadas a la adquisición, producción, construcción y/o desarrollo de cualquier tipo de activos (tanto tangibles como intangibles), con las únicas excepciones de activos financieros y/o de portafolio y bienes de cambio.
Procedimiento administrativo específico. Quien desee acceder al RIGI deberá presentar la solicitud de adhesión y un plan de inversión, y obtener su aprobación.
Actualizaciones por inflación: Se practican sobre la base de las variaciones porcentuales del índice de precios al consumidor nivel general (IPC), no resultando de aplicación el artículo 93 de la Ley.
Tributos provinciales y municipales: Las provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios que adhieran al RIGI no podrán imponer a los VPU (Vehículos de Proyecto Único (VPU) nuevos gravámenes provinciales y/o municipales, salvo las tasas retributivas por servicios efectivamente prestados.
Incentivos
Las importaciones para consumo y de bienes de capital, repuestos, partes, y componentes realizadas por los VPU se encuentran exentas de derechos de importación, de tasa de estadística, y de todo régimen de percepción, recaudación, anticipo o retención de tributos nacionales y/o locales. Los proveedores de bienes y servicios con mercadería importada podrán solicitar su inscripción al RIGI exclusivamente a los efectos de contar con estos incentivos respecto de las mercaderías (incluidos insumos) que importen para la prestación que pretender brindar a un VPU adherido al RIGI.
Las exportaciones, luego de transcurridos 3 años desde la adhesión, se encontrarán exentas de derechos de exportación. Los VPU podrán importar y exportar libremente bienes sin que puedan aplicárseles prohibiciones ni restricciones; tampoco pueden aplicárseles precios oficiales ni ninguna otra medida oficial que altere el valor de las mercaderías importadas o exportadas, ni prioridades de abastecimiento al mercado interno.
En cuanto a los incentivos cambiarios, los cobros de exportaciones realizados por los VPU quedan exceptuados en los porcentajes descritos a continuación de la obligación de ingreso y/o negociación y liquidación en el mercado de cambios, y son de libre disponibilidad:
a) 20% luego de transcurrido un año desde la puesta en marcha del VPU.
b) 40% luego de transcurridos dos años desde la puesta en marcha del VPU.
c) 100% luego de transcurridos tres años desde la puesta en marcha del VPU. Es de notar que en el proyecto original los plazos se contaban desde la fecha de adhesión del VPU al RIGI.
Impulsar el crecimiento
“En el mundo, la Argentina se encuentra en un rezagado sexto lugar en términos de inversión extranjera directa. Entre otros motivos, este déficit de inversiones ha sido generado por la existencia de restricciones cambiarias y la constante modificación de normas que han generado desconfianza e incertidumbre en los inversores”, detalló el informe.
Sobre el final completó: “El RIGI se presenta como un régimen novedoso que ha cosechado apoyos y rechazos en la comunidad política y de negocios del país. Con su creación, el Gobierno pretende revertir la tendencia de baja inversión externa e interna; y estimular el crecimiento económico sostenible mediante incentivos robustos y un entorno de negocios estable y predecible”.
3 Responses
Con este sistema, el continente africano nos da la bienvenida a su pléyade de países desarrollados…
Si estamos relegados al 6to país del mundo en inversión extranjera directa, que será de los 190 países restantes. !!
Explicitamente nos toman por idiotas!
«Incentivos robustos y un entorno de negocios estable y predecible» cierra el informe de KPMG. Los incentivos mas que robustos son leoninos, y de eso ya tomó nota la política. Y es justamente esa característica lo que hace al entorno mas inestable e impredecible, e insustentable. El RIGI seguramente será sometido a mejoras, y antes que las inversiones se hundan. Siempre con el sentido de tener un régimen razonable, robusto y sustentable. Una mejora será levantar la tasa de IG a un incentivo mas razonable (30%?). Otra dejar la libre disponibilidad de divisas en un % razonable, suficiente para asegurar el pago de dividendos y de prestamos de proyectos. Pero no obviamente no en el 100% mientras la economía argentina sea tan divisa-dependiente, y que no sea el agro el mayoritario pato de la boda que es obligado a proveer esas divisas. Tal vez mas cerca de lo que proponía el proyecto de LNG… También la vuelta a las retenciones a las exportaciones de algunos productos de altas tasas de retorno previo a los estímulos (i.e. hidrocarburos). Retenciones más atadas a la lógica y a las necesidades de que los hidrocarburos financien la transición a energías limpias, y a la modulación en el impacto interno de la natural volatilidad de esos commodities, especialmente cuando por eventos ajenos a los proyectos los precios tocan picos extremos (ya hay interesantes propuestas como la de Daniel Gerold de G&G). Seguramente también se introducirá un capitulo de Integración Nacional, como tenia el proyecto de LNG. Se discutirán los % y los tiempos para arribar a esos objetivos porcentuales, pero ALGO hay que introducir en la futura ley, luego de su promulgación, para que los inversores sepan que deben, como en la mayoría de países que establecen estímulos, asumir responsablemente obligaciones razonables hacia el país huésped y su economía, que les otorga estos generosos estimulo. Algunos beneficios «ciegos» como la interdicción de tocar los productos de los proyectos, o los insumos necesarios, deben ser razonabilizados ante circunstancias especiales o casos de «force majeure». Finalmente también sería necesario revisar los plazos de estabilidad. Es preferible módulos de 10 años renovables ante experiencias exitosas, que un corset tan largo, que puede resultar malo para ambas partes.