
El gobierno oficializó a fines de enero la baja de los derechos de exportación para el petróleo crudo proveniente de los campos convencionales. Lo hizo a través de un esquema variable de alícuotas de derechos de exportación con la intención de viabilizar la inversión en yacimientos maduros de la cuenca del Golfo San Jorge (Chubut y Santa Cruz), Mendoza y también Neuquén.
Con ese nuevo esquema, a fines de febrero se estableció una retención de 3,36% para el petróleo convencional, tomando en cuenta un precio promedio del crudo de US$ 71,30. Sin embargo, debido a la disparada que experimentó la cotización del barril a partir del estallido de la Guerra en Medio Oriente —este viernes el Brent volvió a cotizar por encima de los 100 dólares— las retenciones vuelven ahora al 8 por ciento.
El ajuste es automático y se basa en el artículo 7 del decreto 488/2020 donde se aclara que el último día hábil de cada semana la Secretaría de Energía «evaluará las cotizaciones promedio de los días transcurridos del mes en curso y las comparará con la cotización promedio vigente. Si entre ambas existiera una diferencia superior al 15%, fijará una nueva cotización, la que será aplicable a partir del primer día hábil siguiente».

La suba de las retenciones al crudo convencional —para el petróleo que se explota en Vaca Muerta no habrá cambios y la alícuota seguirá en un 8% del precio de exportación— alcanza a todos los productos incluidos en los decretos 488/2020 y 59/2026, que incluyen tanto al petróleo crudo como a derivados (solventes, naftas vírgenes y combustibles pesados, entre otros).
En el gobierno remarcan que el cambio es automático y no responde a una decisión oficial, pero ayudará a gestionar el impacto de la suba del Brent en los precios internos de los combustibles, porque incentiva a los productores locales a venderle a un importe un poco más bajo a las refinerías el crudo pesado que se produce en el país.
Cómo se fijan las retenciones en la actualidad para el crudo convencional

La fórmula que rige actualmente establece que si el precio del barril de crudo Brent se encuentra por debajo de los US$ 65 la retención es 0% y si supera los US$ 80 es de 8%. Para valores intermedios, se utiliza una fórmula polinómica de ajuste que arrojó una retención de 3,36% tomando como referencia una cotización del crudo de US$ 71,30, que surge del promedio de los últimos cinco días de febrero.
Ese esquema, oficializado a través del decreto 59/2026, representó un alivio fiscal en comparación con el régimen anterior, que fijaba 0% si la cotización del barril perforaba los US$ 45 y saltaba al 8% cuando superaba el techo de US$ 60. El objetivo fue hacer más rentable los yacimientos convencionales que tienen costos de extracción más altos y venían golpeados por el descenso que había registrado la cotización del barril.
El anuncio llegó luego de una serie de acuerdos suscriptos entre el Ministerio de Economía, la Cámara de Empresas Productoras de Hidrocarburos (CEPH) y las provincias de Chubut, Neuquén y Santa Cruz.
El diseño actual contempla que la carga tributaria escale de forma progresiva a medida que mejora el precio, evitando que un pequeño incremento en la cotización internacional licue la rentabilidad por un salto brusco de impuestos. En el gobierno se lo presentó como una herramienta de sintonía fina para proteger el flujo de caja en pozos de baja productividad.
Sin embargo, lo ocurrido en las últimas semanas modificó el escenario de manera sustancial luego del bombardeo de Estados Unidos e Israel a Irán porque el barril de crudo se ubicó por encima de los US$ 100 con picos de US$ 120. Es decir, las empresas se vieron beneficiadas con una suba del crudo del 40% y hasta ahora continuaban pagando una retención que no llega al 4%.


























3 Responses
Consulta los que saben de este tema y que leen esta prestigiosa publicación:
Esto es la inversa del barril criollo?
El criollo garantizaba un piso para sostener la industria y esta polinómica les retiene más si el precio aumenta, pero no sostiene los resultados cuando se caiga el valor del barril?
Y otra consulta
Esto es para el convencional solamente?
Como está pensado?
Si es no convencional la retención no cambia?
Espero que me desasnen los que saben de este tema
Saludos
el gobierno argentino deberá entender y actuar en consecuencia porque la capacidad de los ciudadanos argentinos a tener que padecer un aumento del combustible del 20% o 25% no es la misma que la de un ciudadano europero, o estadounidensesm que tienen un PBI / cápita 4 o 5 veces el argentino.
El gobierno verá si le interesa la existencia de las industrias existentes, del transporte de público y cargas y del comercio interno, o defiende los intereses económicos de las empresas petroleras.
En la cancha se ven los pingos
Lo que propones se hizo por años. La consecuencia? Perdida de superávit energético que llevo, junto a una crisis de falta de dólares para importar casi cualquier cosa (2022 y 2023) corralito para empresas etc etc. Las tarifas energéticas son bajas en Argentina (por eso nadie invierte un peso en energias renovables para su hogar o en aislar su vivienda). Aún están bastante subsidiadas. El combustible? No tanto pero tiene una carga impositiva como si fuera carteras de Louis Vuitton. De eso por las dudas nunca se habla cuando se menciona al precio de los combustibles