
El Gobierno nacional modificó los mecanismos de valorización de las multas para las empresas prestadoras de los servicios públicos de electricidad y gas. La medida busca preservar la señal económica de las penalidades y alinearlas con los ingresos regulados de las compañías, según establecen dos resoluciones publicadas esta semana por los entes reguladores.
El objetivo es que las multas mantengan un peso económico real, incentiven a las empresas a cumplir con la calidad del servicio y no se licúen por inflación o por variables ajenas a su gestión.
Electricidad: esto dice la resolución del ENRE
En el caso de la electricidad, la medida alcanza a Edenor y Edesur y se formalizó mediante una resolución del ENRE 808/25, que aprueba el Reglamento de Valorización de Sanciones. La norma no crea nuevas multas ni modifica su cuantía, sino que reglamenta y operacionaliza criterios ya definidos en la Revisión Quinquenal Tarifaria (RQT), en particular el mecanismo para convertir las sanciones expresadas en kilovatios hora (kWh) a valores monetarios.
Hasta ahora, el ENRE utilizaba como referencia el costo del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). A partir de la reglamentación, la valorización se realiza sobre la base del Valor Agregado de Distribución (VAD) Medio, que refleja los costos e ingresos propios de las distribuidoras, y se aplica un coeficiente de 1,5, tal como prevé el Subanexo 4 del contrato de concesión.
Además, por norma general, las multas se valorizarán a la fecha en que se dicte el acto administrativo de la sanción, y no al momento del incumplimiento.
El reglamento también unifica los criterios para el cálculo de intereses, que se fijan según la tasa activa para descuento de documentos comerciales a 30 días del Banco Nación, y establece un recargo del 50% en los casos en que las multas deban acreditarse a favor de los usuarios y se verifique mora.
Esta actualización, se explicó en la normativa, no solo unifica criterios dispersos, sino que también introduce herramientas de modernización administrativa para garantizar su cumplimiento efectivo. Para esto se implementará un aplicativo específico que permita a las distintas dependencias del ENRE calcular de forma automática y uniforme tanto el capital de la sanción como los intereses moratorios.

Finalmente, la resolución subraya que el nuevo esquema tiene un carácter integral, abarcando desde incumplimientos comerciales y fallas en el nivel de tensión hasta demoras en la conexión de nuevos suministros o irregularidades en la facturación.
Al establecer estas reglas claras con antelación, el ente regulador pretende que las distribuidoras consideren el costo de las multas no como un gasto administrativo más, sino como una señal económica potente que las obligue a priorizar la inversión en infraestructura y la atención al cliente durante todo el período 2025-2030.
El Enargas actualizó los montos de las multas
En el caso del gas, el Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) aprobó mediante la Resolución 973/2025 una actualización de los montos de las multas, tanto para terceros no prestadores como para licenciatarias y subdistribuidoras. Para los primeros, las sanciones se ajustan según la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM), mientras que para las empresas reguladas se utiliza un porcentaje del 21,60%, vinculado a la metodología de la RQT y a la actualización tarifaria aplicada en 31 cuotas.
En términos operativos, la nueva normativa establece una diferenciación entre los actores del sistema. Para los terceros no prestadores, el Artículo 1° fija una escala que oscila entre un mínimo de $126.013 y un máximo de $126.013.000, ajustada bajo la evolución del Índice de Precios Internos Mayorista (IPIM).
Por otro lado, las exigencias son mayores para las licenciatarias y subdistribuidoras. El Artículo 2° determina que las empresas de transporte y distribución de gas enfrentarán sanciones que parten desde los $154.861 hasta un techo de $154.861.000, valores que fueron recalculados en función del incremento de los componentes tarifarios que perciben las propias compañías.

Esta metodología busca que, a fin de establecer la actualización de las escalas de multas, el peso sancionatorio no quede licuado frente el incremento mensual promedio de las tarifas y a las readecuaciones que el Ministerio de Economía dispuso en 31 cuotas consecutivas, se explicó en la normativa dada a conocer este martes.
Un punto del nuevo reglamento es el endurecimiento de los techos sancionatorios para faltas consideradas de «grave repercusión social» o ante la persistencia de incumplimientos tras una intimación oficial. Para estas situaciones, el organismo fijó un tope que supera los $774 millones, estableciendo un límite que pretende forzar a las empresas a una respuesta inmediata ante crisis de suministro o problemas de seguridad pública en la red de gas natural.
El legado que recibe el nuevo ente unificado
Finalmente, este reordenamiento administrativo se produce en un escenario de mudanza institucional para el control energético. Con la reciente creación del Ente Nacional Regulador del Gas y Electricidad —que fusionará ambas estructuras bajo un solo mando—, estas resoluciones funcionan como el último legado normativo de las gestiones individuales.
El objetivo del Gobierno es que, para cuando el nuevo ente único esté plenamente operativo en 2026, cuente con un tablero de control sancionatorio ya digitalizado y con fórmulas de cálculo automáticas que reduzcan la discrecionalidad y aceleren los resarcimientos a los usuarios afectados.

























