
La Secretaría de Energía publicó en el Boletín Oficial los criterios de exclusión que determinan qué usuarios no pueden recibir subsidios en las tarifas de gas y electricidad en todo el país. El nuevo Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF), que comenzó a regir desde enero, reemplazó a la segmentación tarifaria que dividía a los usuarios en tres niveles.
A partir de este año habrá solo dos grupos: los hogares con subsidios y los hogares sin subsidios. El universo que recibirá subvenciones estatales está conformado por los usuarios que estaban en el Nivel 2 (ingresos bajos) y Nivel 3 (ingresos medios).
Subsidios: quiénes quedarán excluidos
La Disposición 2 de la Subsecretaría de Planeamiento y Transición Energética hará una evaluación patrimonial para contemplar que no reciban subsidios en el gas y la electricidad los siguientes grupos:
• Hogares cuyos integrantes posean al menos un automóvil con una antigüedad igual o menor a tres años (antes eran cinco años). Este criterio no se aplica en el caso de contar con un integrante del hogar titular de un Certificado Único de Discapacidad (CUD).
• Hogares cuyos integrantes posean, en conjunto, tres o más inmuebles (antes eran dos inmuebles).
• Hogares en los que al menos un integrante posea una embarcación de lujo.
• Hogares en los que al menos un integrante posea una aeronave.
• Hogares en los que al menos un integrante posea activos societarios.
En 2024 se había eliminado la restricción para recibir subsidios energéticos a los usuarios que compraron divisas extranjeras. Tampoco continúa la restricción a quienes viajaron al exterior o tienen medicina prepaga.
El esquema con el que el gobierno planea reducir subsidios este año de 0,65% a 0,50% del PBI también alcanza a los usuarios de gas propano por redes y beneficiarios del Programa Hogar para garrafas de 10 kilos. Los usuarios ya inscriptos en el viejo Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) no tienen que presentar una nueva declaración jurada.
El gobierno también publicó la Disposición 1 donde está el nuevo formulario de declaración jurada para que completen los usuarios que todavía no lo hicieron en anterior esquema RASE.
ReSEF: Criterios y control de subsidios
El criterio central del nuevo esquema ReSEF -que ya había publicado la Secretaría de Energía a través del Decreto 943 del 31 de diciembre de 2025- establece que los hogares subsidiados no podrán tener ingresos mensuales netos superiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT) para un Hogar 2 (dos adultos y dos menores) según el INDEC, que en enero es de 3,9 millones de pesos.
El control sobre los usuarios se realizará mediante el cruce de distintas bases de datos de variados organismos estatales como el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS), la ANSES, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), el ENRE y ENARGAS.
Este lunes el gobierno publicó el Decreto 23 donde aprueba un préstamo de US$ 400 millones a la Corporación Andina de Fomento (CAF) para Programa de Enfoque Sectorial Amplio (SWAP) de Apoyo a la Sostenibilidad del Sector Energético. Se trata de un monto para “el fortalecimiento del marco regulatorio”, aplicar “mejoras en la focalización de los subsidios” (bases de datos del ReSEF) y “promocionar el uso eficiente de la energía”.
El gobierno también utilizará la georreferenciación para determinar zonas donde se entiende que hay usuarios con ingresos para afrontar las facturas sin subsidios, como countries o barrios de alto poder adquisitivo como Puerto Madero, como realizó en 2025.
El ajuste fiscal en materia de subsidios que diseñó el gobierno de Javier Milei ya tuvo el trazo grueso. En 2023 habían explicado el 1,5% del PBI, mientras que en el primer año de Milei en 2024 cayeron a 1%. En 2025 el ajuste continuó a una velocidad menor, ya que los subsidios implicaron un 0,65% del PBI. La Secretaría de Energía tiene como meta que en 2026 se achiquen a 0,50% del PBI.

Quiénes sí recibirán subsidios
Según el Decreto 943, pasarán a recibir automáticamente subsidios en las facturas los hogares que cuenten con un Certificado de Vivienda Familiar del Registro Nacional de Barrios Populares de Argentina (ReNaBaP); con una Pensión Vitalicia de Veteranos de Guerra; o un Certificado Único de Discapacidad (CUD).
Los usuarios que ya están inscriptos en el RASE no deberán completar un formulario nuevo. Sí podrán actualizar la información de su declaración jurada y consultar su situación a través de la opción Trámites de Mi Argentina.




