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Una medida esperada por el sector
Exclusivo: la resolución que preparó el gobierno para purgar el universo de proyectos renovables que no se construyeron a fin de liberar prioridad de transporte
27 de diciembre
2021
27 diciembre 2021
EconoJournal accedió a la resolución firmada por Darío Martínez que se publicará mañana en el Boletín Oficial. Con esta medida el gobierno pretende motorizar nuevamente al sector de energías renovables, que desde la crisis de 2018 está prácticamente paralizado, con excepción del Mater. El pago de salida para los proyectos eólicos y solares del RenovAr será de US$ 17.500 por MW contratado y de US$ 12.500 por MW para los proyectos de biogás, biomasa y pequeños aprovechamientos hidroeléctricos. También se incorporan nuevas condiciones contractuales con Cammesa para los proyectos que opten por una prórroga de un año.
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Después de varios meses y de repetidos anuncios, el gobierno publicará la resolución para liberar la prioridad de despacho en proyectos de energías renovables del programa RenovAr que no se construyeron. Según cálculos de distintas fuentes del sector privado, se trata de proyectos que suman entre 1.500 y 2.000 MW que no fueron construidos o que, en el mejor de los casos, tuvieron un mínimo avance, pero no continuaron por falta de financiamiento y por la crisis económica desatada en 2018. Era una medida esperada por el sector privado, que está prácticamente frenado (con excepción del Mater) ya que -así- se libera capacidad de transporte para nuevos proyectos.

La Resolución 1260/21, que lleva la firma del secretario de Energía Darío Martínez, le da una salida a los proyectos mediante el pago de una multa o la posibilidad de pedir una prórroga bajo nuevas condiciones contractuales, como la reducción de plazos y de la potencia original contratada. La rescisión de los contratos deberá presentarse ante Cammesa (la empresa que administra el mercado mayorista eléctrico) en un plazo no mayor a 30 días hábiles a partir de la publicación de esta medida en el Boletín Oficial.

En concreto, la resolución, a laque accedió EconoJournal, otorga una salida a los titulares de los proyectos eólicos y solares para rescindir el contrato de abastecimiento firmado con Cammesa abonando US$ 17.500 por cada megavatio de potencia contratada (US$/MW). Para los proyectos más chicos, generalmente vinculados a desarrollos de biogás, biomasa, biogás de relleno sanitario y pequeños aprovechamientos hidroeléctricos, el pago de salida es de US$ 12.500 por cada MW contratado. Así, por ejemplo, un proyecto eólico de 100 MW adjudicado en la Ronda 2 del programa Renovar (que implicaba un contrato PPA con Cammesa por 20 años y en dólares) que no se construyó, deberá desembolsar US$ 1.750.000 para rescindir el contrato.

Los proyectos involucrados en la resolución fueron adjudicados en las rondas 1, 1.5, 2 y 3 (también en la Resolución 202 de 2016) del programa RenovAr, impulsado entre 2016 y 2018 por el gobierno de Mauricio Macri y ejecutado por el exsubsecretario de Energías Renovables, Sebastián Kind. En total, en el programa RenovAr hay 187 proyectos adjudicados en todas las rondas por 5.044,6 MW de potencia contratada en 21 provincias y habría entre 1.500 y 2.000 MW sin avances y ocupando prioridad de despacho.  

Además, los titulares de los proyectos deberán renunciar a cualquier acción o reclamo judicial ante tribunales nacionales o internacionales y la presentación de una declaración jurada de “renuncia a los beneficios fiscales contemplados en el Artículo 9º de la Ley Nº 26.190, modificado por la Ley Nº 27.191, por aquellos beneficios otorgados y no gozados”.

Federico Basualdo, subsecretario de Energía Eléctrica, destacó que “esta es una medida necesaria desde hace mucho tiempo. Desde el Estado Nacional seguimos apoyando el crecimiento del sector de las energías renovables, apoyando a los proyectos que demuestran avances, liberando la capacidad de transporte que es fundamental para sumar nuevos proyectos e inversiones y mediante el fomento a los contratos entre privados».

La firma

En los considerandos, la Resolución 1260/21 hace referencia a la complejidad de la medida, ya que advierte la necesidad de liberar capacidad de despacho para motorizar nuevamente al sector, pero, al mismo tiempo, que esas condiciones de salida no generen desigualdades ante los proyectos que sí avanzaron en las mismas condiciones y hoy están en operación comercial.

En este sentido, en los considerandos del texto que firmó Darío Martínez, a cargo de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación, se remarca que “resulta necesario para el Estado Nacional recuperar la capacidad de transporte de los nodos de la red comprometidos con los proyectos que no se encuentran habilitados comercialmente y que presenten dificultades para concretarse, de manera que se permita la eventual suscripción de nuevos contratos en los referidos nodos”.

Además, subraya: “en consecuencia, esta autoridad de aplicación debe adoptar las medidas necesarias para afrontar las circunstancias que se presentan con el debido respeto a los contratos suscriptos oportunamente, y resguardando los intereses del Estado Nacional, el adecuado desarrollo del sector eléctrico y el cumplimento de los objetivos definidos por el marco legal vigente”.

Pedidos de prórroga

La medida permite que las empresas titulares de los proyectos que están demorados y no alcanzaron la fecha de habilitación comercial puedan “solicitar una prórroga de hasta 365 días corridos para la fecha programada de habilitación comercial, para lo cual la sociedad titular del proyecto deberá suscribir con Cammesa una adenda a su contrato de abastecimiento en la que se establecerán los términos de su reconducción”. También habrá un plazo de hasta 30 días hábiles desde la publicación de la medida.

Para obtener la prórroga, las empresas deberán:

a) Aceptar una reducción del período de abastecimiento del contrato, equivalente a dos veces la cantidad de días corridos transcurridos entre la fecha programada de habilitación comercial original (teniendo en cuenta cualquier extensión de esta última por el otorgamiento de las prórrogas solicitadas o la suspensión de plazos dispuesta por esta Secretaría de Energía, según corresponda) y la fecha de habilitación comercial”.

b) Aceptar una reducción del precio del contrato de abastecimiento en base a la siguiente fórmula:

c) Incrementar la garantía de cumplimiento de contrato en un 30% de su monto original.

d) Acreditar un mínimo de componente nacional declarado (CND) del 30% en las instalaciones electromecánicas del proyecto. En caso de que este valor haya sido comprometido en la oferta original, se tendrá por cumplida esta condición.

e) Incrementar al menos el 5% del CND cuando el proyecto hubiera comprometido un porcentaje inferior al 30%.

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