
La Secretaría de Energía formalizó la actualización de los parámetros ambientales vinculados a la exposición a Campos Electromagnéticos de Frecuencia Extremadamente Baja (CEMFEB) -radiaciones de muy baja energía generadas por cables, electrodomésticos y redes eléctricas- aplicables a líneas de transmisión, cables subterráneos y estaciones transformadoras de tensión igual o superior a 132 kV, a través de la resolución 508/2025 publicada este lunes en el Boletín Oficial.
Desde la Secretaría de Energía, a cargo de María Tettamanti, subrayaron que la actualización no implica una reducción del nivel de protección de la salud ni del ambiente, sino una adecuación normativa orientada a compatibilizar la tutela ambiental con el desarrollo de inversiones estratégicas para la seguridad energética, la integración regional y la incorporación de nueva generación, en particular de fuentes renovables.
La decisión reemplaza las resoluciones 15/1992 y 77/1998 mediante las cuales se había aprobado el “Manual de Gestión Ambiental del Sistema de Transporte Eléctrico de Extra Alta Tensión”, que funcionó como el marco normativo de referencia para la evaluación ambiental de las líneas y estaciones de alta y media tensión desde la década del noventa.
Según detallaron desde Energía, la normativa había quedado desactualizada frente a los avances científicos, tecnológicos y regulatorios. “Distintos antecedentes regulatorios y casos concretos han puesto de manifiesto dificultades de interpretación y aplicación de los parámetros establecidos por las resoluciones que derivaron en conflictos, demoras o controversias en procesos de ampliación y desarrollo de obras de transporte eléctrico, lo que evidencia la conveniencia de contar con una normativa actualizada, clara, técnicamente consistente y alineada con estándares internacionalmente aceptados, a efectos de brindar seguridad jurídica tanto a la sociedad como a los sujetos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM)”, señalaron desde la Secretaría.
Nuevos parámetros para las instalaciones de transporte eléctrico
La nueva resolución establece parámetros de exposición basados en la evidencia científica disponible y en prácticas internacionalmente aceptadas, incorporando criterios en materia de niveles e intervalos de exposición, definiciones técnicas y procedimientos de verificación, según informaron desde la Secretaría.
Las mediciones que se lleven a cabo en la actualidad deberán realizarse conforme a normas internacionales e informes técnicos como IEEE (Institute of Electrical and Electronics Engineers); IEC (International Electrotechnical Commission); y CIGRE (Conseil International des Grands Réseaux Electriques)
¿Qué implica la nueva normativa?
Un aspecto clave de la normativa es que no tiene efectos retroactivos. En términos concretos, esto implica que las instalaciones existentes que fueron habilitadas bajo la normativa anterior se consideran ajustadas a los parámetros vigentes al momento de su autorización. No obstante, los nuevos criterios serán de aplicación obligatoria para obras futuras, ampliaciones, repotenciaciones o modificaciones sustanciales de instalaciones de transporte eléctrico dentro del Sistema Argentino de Interconexión (SADI).
¿En qué consistió la actualización de la norma ambiental?
Con el objetivo de eliminar restricciones e impulsar las obras de infraestructura que precisa el sector eléctrico, se instruyó a Cammesa -la compañía que administra el MEM- a contratar una consultoría técnica especializada, que fue desarrollada por la Fundación Universidad Nacional de San Juan – Instituto de Energía Eléctrica (UNSJ–CONICET).
El estudio analizó la normativa vigente, la experiencia acumulada en su aplicación y las recomendaciones de organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Comisión Internacional para la Protección contra Radiaciones No Ionizantes (ICNIRP) y el IEEE, entre otros.
El proceso incluyó además la intervención de organismos y actores institucionales, entre ellos el Ministerio de Salud, la Subsecretaría de Ambiente, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y las principales cámaras del sector eléctrico.
De acuerdo con la Secretaría de Energía, ninguno de los dictámenes técnicos incorporados formuló objeciones sustantivas a la propuesta, sino observaciones y recomendaciones que fueron consideradas en la versión final de la norma.
Ahora el ENRE será la autoridad de aplicación de la medida y deberá adecuar sus procedimientos de evaluación, control y monitoreo a los nuevos parámetros establecidos.




