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Sector regulado
Tarifas: el ENRE rectificó aspectos de la RQT que habían sido recurridos por las empresas eléctricas
21 de agosto
2025
21 agosto 2025
Las eléctricas habían presentado recursos de reconsideración cuestionando algunos aspectos de la Revisión Quinquenal Tarifaria que incluían planteos jurídicos, regulatorios o sobre de inversiones, entre otros puntos. El ENRE respondió a 19 recursos de transportistas y uno presentado por Edesur. En ningún caso implica una modificación en las tarifas ni los ingresos de las empresas reguladas.
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El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) hizo lugar a la mayoría de los recursos de reconsideración presentados por transportistas eléctricas sobre distintos aspectos de la Revisión Quinquenal Tarifaria (RQT). También hubo algunos rechazos por parte del ente a pedidos particulares, como el recurso presentado por Edesur sobre los cuadros tarifarios y la RQT. El ente regulador respondió este miércoles los planteos de las empresas mediante la publicación en el Boletín Oficial de 20 resoluciones –una para cada empresa-, que van del número 583 a 602 y que llevan la firma de Néstor Lamboglia, el interventor del ente regulador.

Los recursos presentados abarcan temas jurídicos, tarifarios o sobre inversiones de las empresas reguladas y tienen que ver con los cuadros tarifarios vigentes a partir del 1° de mayo y hasta abril de 2030 y que se publicaron el 30 de abril pasado. Fuentes oficiales y de las empresas consultadas por EconoJournal aclararon que en ningún caso se modificaron los cuadros tarifarios publicados en abril. Es decir, el ENRE no modificó los ingresos de las empresas reguladas establecidos en la última RQT.

Las transportistas que presentaron recursos fueron Transener, Transba, Transpa, Transnea, Transnoa, Distrocuyo, Epen (Neuquén), Transcomahue, Litsa (litoral), Limsa (Líneas Mesopotámicas), Intesar (Integración Eléctrica Sur), Interandes, Tiba (Transportista Independiente de Buenos Aires), Dpec (Corrientes), Enecor, Transportel Minera 2, Edersa (Río Negro), Yacylec y Transacue.

La RQT de abril fue la primera en incorporar a las transportistas independientes, que son las no tienen licencia propia y operan bajo la licencia de una transportista. Este es el caso de Lista, Transportel Minera 2, Tiba y Yacylec.

Inversiones

La mayoría de los recursos presentados por las empresas fue para modificar la distribución de los ingresos por las tarifas que cobran por el transporte eléctrico. En los hechos, el ENRE atendió los pedidos para disminuir el capex (inversiones) y aumentar el opex (que es la operación y mantenimiento). En los recursos, las compañías argumentaron que tenían pocos ingresos por opex y la modificación que aceptó el ENRE busca una relación más equilibrada con el capex.

“Esto tiene que ver con un problema de actualización de los datos en moneda de diciembre de 2023, como los pidió el ENRE para la RQT, a marzo de 2025. Este tema es sólo matemático, pero nos generaba una distorsión respecto a lo que el ENRE había evaluado en moneda de 2023”, explicó una fuente de una transportista consultada por EconoJournal.

Por ejemplo, en los considerandos de la resolución 583, específica para la transportista Transener, el ENRE señala “que, a la luz del análisis técnico realizado, se hace lugar parcialmente a la solicitud realizada por la recurrente en cuanto a la reasignación interna de la remuneración aprobada por la Resolución ENRE N° 305/2025, sin modificar el nivel tarifario total”.

La RQT establece una cantidad de ingresos en la tarifa final de las transportistas por opex, que incluye la operación de las líneas eléctricas, salarios del personal y los insumos, entre otros ítems, y por capex, que tiene que ver con las inversiones. “Principalmente en los recursos nos dijeron que el opex no alcanzaba, entonces hubo un incremento en el opex a cambio de reducir el capex. De este modo no se mejoraron los ingresos de las compañías porque no se modificaron las tarifas de transporte”, remarcó una fuente oficial.

El ENRE también permitió que las empresas puedan adelantar las inversiones fijadas para los próximos cinco años que establece la RQT. De este modo, las transportistas podrían invertir en el quinquenio más de los que está aprobado. En este caso, el beneficio para las transportistas es que en cinco años se les podría aplicar un factor (un coeficiente) que, ante la puesta en servicio de las inversiones correspondientes al plan, les permitirá solicitar incremento en sus ingresos para nuevas inversiones.

Distribuidoras

A través de la resolución 602, el ENRE rechazó el recurso de reconsideración presentado por la distribuidora Edesur contra la resolución 303 del 29 de abril de este año, por la cual el ente publicó los resultados de la RQT que determinó un aumento tarifario de 2,5% para mayo. La misma resolución, estableció una recomposición del margen de distribución de 15,69% para Edesur prorrateado en 30 cuotas hasta abril de 2030. Fuentes oficiales señalaron a EconoJournal que la distribuidora Edenor presentó un recurso de reconsideración de alzada directamente ante la Secretaría de Energía.

Además, el ENRE rectificó para Edesur el Indicador Global SAIDI (Índice de Duración Promedio de Interrupciones del Sistema), que determina la duración media en minutos de cortes de suministro a los usuarios de la Comuna 4 de la Ciudad de Buenos Aires. También rectificó para la Comuna 2 los valores SAIDI (Índice de Frecuencia Media de Interrupciones del Sistema), es un indicador clave para medir la confiabilidad del suministro eléctrico.

Por último, el ENRE le hizo saber a Edesur «que la presente resolución agota la vía administrativa” y sólo le queda la presentación judicial ante la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.

Instancias

Según el marco normativo, las empresas del sector regulado tienen tres instancias para presentar recursos ante un proceso de revisiones tarifarias como las que hubo en abril. La primera implica que una compañía transportista o distribuidora presente un recurso ante el ENRE.

En la segunda instancia, una compañía puede presentar un recurso en alzada, que es un acto administrativo similar, pero formalmente presentado ante la Secretaría de Energía contra alguna definición del ENRE. Y, por último, si no están de acuerdo con la respuesta del ente regulador y la cartera energética, las empresas reguladas tienen la opción de presentar un recurso judicial

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