Contratos de proyectos de energías renovables
El gobierno acelera el pasaje al MATER de viejos proyectos renovables que se quedan sin contratos
26 de agosto
2025
26 agosto 2025
La medida publicada este martes establece el pasaje de proyectos renovables de la resolución 108 de 2011. Impacta en las plantas todavía operativas del Genren, un programa lanzado en 2009 que contempló contratos a 15 años y que en la actualidad podría sumar proyectos por 300 MW que pasarán al mercado de los contratos entre privados. El proceso de pasaje de viejos proyectos renovables al Mater comenzó en 2023.
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La Subsecretaría de Energía Eléctrica, a cargo de Damián Sanfilippo, publicó una disposición para acelerar el pasaje de viejos proyectos renovables que se quedaron sin contrato de compraventa con Cammesa al Mercado a Término de Energías Renovables (Mater). La intención es extender la vida útil de las plantas de generación mediante el otorgamiento de prioridad de despacho en el Mater para que puedan comercializar energía entre privados, un mecanismo que en la actualidad está permitiendo la concreción de proyectos eólicos y solares. El pasaje de viejos proyectos al paraguas del Mater comenzó en 2023 con la resolución 360, una norma relevante para el sector que, tal como publicó EconoJournal, cambió aspectos sustanciales en el funcionamiento del negocio de generación de energía renovable.

La medida se instrumentó bajo la disposición 5 publicada este martes en el Boletín Oficial. El primer artículo establece el pasaje al Mater de los proyectos de la resolución 108 de 2011, publicada cuando el titular de la cartera energética era Daniel Cameron. El esquema establecía contratos por 15 años con Cammesa, pero a través de Enarsa (Energía Argentina S.a.) y sin licitaciones públicas. La resolución fue reemplazada en 2016 por la Ley 27.191. En la actualidad prácticamente casi no quedan proyectos operativos bajo esta resolución.

Genren

Fuentes del sector indicaron a EconoJournal que la medida de este martes acelera el pasaje al Mater de los proyectos con contratos del Genren (Programa de Generación de Energía Renovable) cuyos contratos están finalizando. Genren es un esquema para impulsar proyectos renovables en el país que comenzó en 2009, pero que todavía tiene plantas algunas operativas.

A través del Genren se otorgaron contratos PPA (Power Purchase Agreement) a los generadores por un período de hasta 15 años, con precios fijos garantizados por Cammesa, la compañía que administra el mercado eléctrico mayorista. El Mater actualmente tiene habilitados comercialmente cerca de 2.400 MW de potencia renovable, mientras que más de 4.400 MW se encuentran en desarrollo.

Entre los proyectos del Genren que están comercializando energía se encuentran la primera etapa del Parque Eólico Arauco (PAE I, ubicado en la provincia de La Rioja), que inició su operación en 2009, y los parques eólicos Loma Blanca (Trelew, Chubut) y Rawson (Chubut), que comenzaron a producir en 2013, entre otros. En conjunto, los contratos bajo de este programa suman alrededor de 300 MW, que a futuro podrían sumarse al Mater.

Disposición

El primer artículo de la medida de este martes de la Subsecretaría de Energía Eléctrica establece que “los generadores renovables que hubieran celebrado contratos de abastecimiento en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) a partir de fuentes renovables en el marco de la Resolución 108 de fecha 29 de marzo de 2011 de la Secretaría de Energía, podrán comercializar su producción de energía dentro del Mater, establecido por la Resolución 281 de 2017 del ex Ministerio de Energía y Minería, a partir del mes calendario siguiente al de la fecha de finalización de la vigencia del referido contrato de abastecimiento”.

El segundo artículo aclara que “la comercialización estará habilitada a partir de que el agente generador solicite al Organismo Encargado de Despacho (OED) el ingreso al Mater y comience a abonar, durante un período de dos años, un cargo trimestral de US$ 500 por megavatio de potencia habilitada comercialmente de la central desarrollada bajo la resolución 108/11”.

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