El gobierno implementó una medida para agilizar el funcionamiento del sector de energías renovables en el país bajo el programa RenovAr, los proyectos eólicos y solares bajo la resolución 202 y la generación distribuida. Lo hizo a través de la resolución 306 publicada este viernes en el Boletín Oficial, que traspasa funciones que venía tomando la Secretaría de Energía, a cargo de María Tettamanti, a la Subsecretaría de Energía Eléctrica dirigida por Damián Sanfilippo.

Una fuente de la cartera energética explico a EconoJournal que la medida “es para agilizar trámites y funciones en materia de energías renovables y generación distribuida”. A partir de esta resolución “sólo se firmarían disposiciones de la Subsecretaría de Energía Eléctrica en lugar de resoluciones de la Secretaría de Energía para autorizar distintos tipos de diligencias y funciones”.
El Programa RenovAr se lanzó en 2016 para fomentar el sector de energías renovables en el país. La resolución 202 fue una medida previa, que impulsó algunos proyectos de fuente eólica y solar. La generación distribuida de fuente renovable es de baja escala y prevé el rol de usuario-generador.
En particular, la resolución delega en la subsecretaría el otorgamiento de “los certificados de inclusión en el Régimen de Fomento de las Energías Renovables a los beneficiarios adjudicados en el marco del Programa RenovAr, a los comprendidos en la Resolución N° 202”. Este régimen está respaldado por el FODER (Fondo para el Desarrollo de Energías Renovables), un fideicomiso apoyado por el Banco de Inversión y Comercio Exterior para facilitar el financiamiento de proyectos de energía renovable.
Articulado
Además, la resolución de la cartera energética le otorga la función a la Subsecretaría de Energía Eléctrica de “resolver sobre la ampliación de plazos contractuales, la aplicación de multas y el inicio de procedimientos de rescisión contractual” del RenovAr y la resolución 202.
También, “establecer la documentación a presentar para la inscripción en el Registro Nacional de Proyectos de Generación de Energía Eléctrica de Fuente Renovable (RENPER)”y dictar las normas aclaratorias y complementarias.
Otro aspecto que resalta la medida es el punto e), que permite: “Establecer el valor de referencia de las inversiones por tecnología, en dólares estadounidenses por megavatio, que se aplicará para determinar el cumplimiento del principio efectivo de ejecución en los términos del Artículo 9° de la Ley N° 26.190 (beneficios sobre el IVA y el Impuesto a las Ganancias, entre otros tributos) y el monto máximo de beneficios fiscales a otorgar por megavatio para cada tecnología”.
Los puntos f) y g) habilitan a la subsecretaría dirigida por Sanfilippo a aplicar penalidades que correspondan por la normativa y a autorizar cambios de socios estratégicos en las sociedades de proyectos adjudicados en todas las rondas del programa RenovAr.
Se suma también la función de “autorizar cambios de tecnología en los proyectos asociados a los contratos celebrados en el Programa RenovAr y de la Resolución 202” e “instruir a la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista (Cammesa) a realizar las adecuaciones contractuales necesarias”. También la aprobación de las solicitudes de cambio de locación de los proyectos renovables.
