El gobierno envió al Congreso la versión modificada del proyecto Ómnibus, con cambios en lo que respecta a la privatización de las centrales nucleares. El nuevo proyecto propone una privatización parcial de Nucleoeléctrica Argentina (NA-SA), la compañía operadora y dueña de las centrales atómicas. El Estado nacional seguirá siendo accionista y tendrá el poder de veto sobre la venta de acciones cuando implican un cambio en el control de la compañía.
El capítulo de privatizaciones de empresas públicas del proyecto original fue modificado para dejar en claro que el Estado no se desprenderá de su control accionario en YPF. En los casos de Nucleoeléctrica, el Banco Nación y ARSAT, «se estableció que el Estado solamente puede hacer una privatización parcial, debiendo mantener el control de la empresa». La Comisión Bicameral de Privatizaciones hará el seguimiento en los procesos de apertura de las compañías al capital privado.
De acuerdo con la nueva redacción del proyecto Ómnibus, el artículo 10 establece que el Estado será titular permanente de una acción de NA-SA. También se requerirá ineludiblemente su voto afirmativo si se quiere ampliar la capacidad de una central existente y/o la construcción de una nueva, si se quiere cerrar una central («salida definitiva o temporal» por «motivos no técnicos»), y para incorporar accionistas en la empresa que le otorguen el control de la misma.
El secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, había adelantado en las audiencias públicas en el Congreso que el Estado mantendrá el control de la compañía. «NA-SA va a mantener la acción de oro», respondió Chirillo a una pregunta sobre la privatización de las centrales nucleares.
Cambios
En rigor, el proyecto original no garantizaba el mantenimiento del Estado como accionista. Esto fue observado en las audiencias por las diputadas Silvia Lospennato (JxC) y Agustina Propato (UxP), entre otros.
El artículo 10 del proyecto original derogaba por completo el artículo 35 de la Ley 24.804, la Ley de Actividad Nuclear. Esa derogación dejaba abierta la posibilidad de una privatización total de la compañía, advirtieron en su momento fuentes consultadas por EconoJournal.
El error fue subsanado con la nueva redacción, estableciendo potestades del Estado sobre la compañía. Un punto nodal del nuevo artículo 10 es el inciso C, que otorga poder de veto al Estado para bloquear la incorporación de accionistas en la empresa que le otorguen el control en los términos del artículo 33 de la Ley N° 19.550 de Sociedades Comerciales. «El inciso C le da al Estado poder de veto de una venta que implique control (de la compañía)», explicó una fuente consultada por este medio.
Por otro lado, se eliminó el artículo 11 del proyecto original que modificaba el artículo 37 de la Ley Nuclear para habilitar la privatización de la actividad vinculada con el ciclo del combustible nuclear. El artículo 11 establecía la creación de sociedades anónimas en las cuales el poder ejecutivo podía conservar una acción con derecho a veto en las decisiones que implicasen el cierre de la actividad.
Rechazo gremial
La iniciativa de privatización de Nucleoeléctrica ocupó el centro de las deliberaciones entre los trabajadores del sector nuclear y de la compañía en particular.
La Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza, la Asociación de Profesionales Universitarios del Agua y la Energía Eléctrica, y el Sindicato de Luz y Fuerza Seccional Paraná publicaron sendos comunicados en rechazo a la venta de la compañía.
Los trabajadores en el complejo nuclear Atucha enrolados en Luz y Fuerza se declararon en estado de alerta y movilización en rechazo de la privatización de Nucleoeléctrica, la cual consideraron como infundada «debido a la eficiencia técnica y económica que caracteriza a la empresa».
La nueva versión de la Ley de Bases y Puntos de Partida es la respuesta del gobierno a los cambios al proyecto demandados por Juntos por el Cambio y Hacemos Coalición Federal en el Congreso para obtener dictamen y avanzarlo al recinto de Diputados. Fruto de las negociaciones, el nuevo proyecto presenta 523 artículos frente a los 664 del proyecto original y dejó fuera algunos temas que serán tratados en sesiones ordinarias, como es el juicio por jurados.