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LAS EMPRESAS CONTINÚAN FACTURANDO CON EL VIEJO ESQUEMA
Pese a la publicación de los cuadros tarifarios de gas, la puesta en marcha de la segmentación sigue demorada
Mar 6
septiembre 2022
06 septiembre 2022
El gobierno todavía no les envío a las distribuidoras los padrones para que puedan identificar a los usuarios que perderán el subsidio. Por lo tanto, las compañías continúan cobrando las tarifas viejas. Tampoco hay novedades sobre los topes de subsidio por consumo que anunció Bernal. En electricidad no se publicaron aún los cuadros tarifarios.
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El miércoles 31 de agosto se publicaron los nuevos cuadros tarifarios del gas para los usuarios Nivel 1 que pasarán a pagar la tarifa plena. Sin embargo, fuentes empresarias aseguraron a EconoJournal que hasta este martes a la mañana el gobierno todavía no había enviado a las distribuidoras los padrones para empezar a cobrar con los nuevos precios. Tampoco hay novedades sobre los topes subsidiados por consumo que anunció el subsecretario de Hidrocarburos Federico Bernal. Por lo tanto, las compañías siguen facturando con el viejo cuadro tarifario. En electricidad, están un paso más atrás porque todavía ni siquiera se publicaron los cuadros tarifarios.

Sin padrones

Las empresas van cerrando los ciclos de facturación todos los días y no dejaron de facturar a la espera de los padrones. Por lo tanto, a aquellos clientes a los que les cerró su ciclo este lunes les van a facturar todo el período con la tarifa previa, aunque sean usuarios que no se anotaron en el registro de subsidios.

Cuando el gobierno envíe los padrones, si el usuario efectivamente perdió todo el subsidio se le cobrarán esos 5 primeros días de septiembre con los nuevos valores y probablemente se cargue ese costo adicional en la factura siguiente, aunque eso lo deberá determinar el ente regulador.  

En las empresas afirman que desde el gobierno les informaron que los padrones están a punto de salir. Por lo tanto, se supone que este inconveniente no se extenderá por muchos días más.

Sin topes

El martes 16 de agosto el equipo de la secretaría de Energía encabezado por Flavia Royón dio detalles sobre cómo se implementaría la segmentación tarifaria. En esa conferencia de prensa, Bernal anunció que para los hogares de ingresos medio se subsidiará un volumen equivalente al 70% del promedio de los umbrales mínimos y máximos de cada categoría y subzona. Por ejemplo, un usuario R1 que tiene un mínimo de 0 y un máximo de 500 m3 anuales, tendrá subsidiado el 70% de un consumo equivalente a 250 m3. Es decir, 175 metros cúbicos. De este modo, se dejó en claro que la quita de subsidios será transversal y no alcanzará solo a los hogares de mayor poder adquisitivo. Sin embargo, desde que Bernal hizo ese anuncio no se conocieron más detalles y fuentes de las distribuidoras aseguraron a este medio que desde el gobierno no les comentaron nada sobre el tema.

EconoJournal reveló el 18 de agosto que la propuesta tenía una inconsistencia técnica que, en la práctica, tendrá un efecto insólito: en algunos casos, usuarios con menor consumo del hidrocarburo terminarán pagando una factura más cara que la de otros hogares con mayor demanda cuando debería ser a la inversa. Por ejemplo, un hogar R31 de Metrogas que consuma 1200 m3 anuales de gas, es decir por encima del bloque subsidiado del 70% que prevé el nuevo esquema (788 m3 anuales para la categoría), terminará pagando un cargo promedio de 25,19 pesos por metro cúbico, una cifra más alta que un hogar registrado como R32 que consuma 1300 m3, que abonará 23,75 pesos. Esa anomalía, puede haber demorado la puesta en marcha.

Otro elemento que puede explicar la demora tiene que ver con que la fijación de topes de subsidio por consumo supondrá para los sectores medios un aumento superior al 80% del Coeficiente de Variación Salarial de 2021 que fijó como techo el decreto 332/22. Por lo tanto, para avanzar en esa dirección primero se tendría que modificar ese decreto. EconoJournal preguntó en la secretaría de Energía si la propuesta de los topes de subsidio por consumo quedó descartada o simplemente está demorada en su implementación, pero al cierre de esta nota no obtuvo respuesta.

Sin audiencia pública

El gobierno decidió avanzar con los aumentos sin convocar a audiencia pública previa, tal como lo establece la ley 24.076 que regula el transporte y la distribución de gas. Incluso el fallo CEPIS de la Corte Suprema de Justicia que frenó los aumentos del gas que impulsó el macrismo en 2016 por no haber realizado audiencia pública, también dejó en claro que esa instancia de participación ciudadana no vinculante tiene que ser previa a la puesta en vigencia de los cuadros tarifarios. En el gobierno reconocieron a EconoJournal que es necesario hacer la audiencia, pero dijeron que la van a hacer más adelante y hasta el momento no ha habido novedades.

Más de 20 asociaciones de usuarios le presentaron una carta el 22 de agosto al ministro de Economía Sergio Massa solicitándole la realización de una audiencia pública y remarcaron que la misma debía ser previa. Las asociaciones incluso dejaron trascender que podrían llegar a presentarse a la Justicia si no se cumple con la ley.

Sin cuadros tarifarios

En electricidad la segmentación avanzó menos que en el gas porque ni siquiera llegaron a publicarse los cuadros tarifarios. En el gobierno hay posiciones encontradas sobre cuándo podrían entrar en vigencia las nuevas tarifas. Algunos afirman que apenas se publiquen los cuadros tarifarios ya podrían entrar en vigencia, aunque sea a mediados de mes y otros sostienen que esa suba ya quedó postergada para octubre.

A fines de agosto trascendió que el gobierno también estaba evaluando otorgarle una mejora en el Valor Agregado de Distribución (VAD) a Edesur y Edenor. Tal vez el gobierno tiene planeado avanzar con la quita de subsidios y con la recomposición del VAD al mismo tiempo, aunque en ese caso, correspondería realizar una audiencia pública previa.

0 comentarios

  1. EJ insiste con que la Ley 24076 exige audiencia pública para el aumento de tarifas. Me ofrezco a hablar con sus abogados ya que considero que están equivocados. Quizá el error radique en la lectura de los artículos 46 y 47 de la ley que requieren AP cuando los cambios no son los periódicos o quinquenales sino cuando son solicitados por las licenciatarias o de oficicio por el ente por inadecuación de tarifas.

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