El gobierno publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto 488 que establece un precio sostén de 45 dólares para el barril de petróleo en el mercado doméstico. El texto oficial, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, señala que la medida es hasta el 31 de diciembre de este año.
Econojournal lo anticipó el domingo 10 de mayo cuando publicó el DNU y su articulado, donde también se fijó el congelamiento del precio de los combustibles en el país hasta el primero de octubre.
Además, en el decreto del «barril criollo«, el gobierno insta a las empresas productoras a “sostener los niveles de actividad y/o de producción registrados durante el año 2019, tomando en consideración la situación actual de contracción de la demanda local e internacional, tanto del petróleo crudo como de sus derivados, producto de los efectos de la pandemia de COVID-19”.
La publicación del decreto, que lleva las firmas de los ministros de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, de Economía, Martín Guzmán, y del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, se demoró unos días más de los previstos porque, como adelantó EconoJournal el 12 de mayo, desde presidencia habían pedido mayores garantías para la conservación de empleo y limitaciones para el acceso al mercado de cambios, a tono con la exigencia que el Banco Central viene aplicando a otros sectores. Finalmente esos dos puntos aparecen en el artículo 2 de la norma:
- «Las empresas productoras deberán aplicar idéntico criterio al sostenimiento de los contratos vigentes con las empresas de servicios regionales y deberán mantener la planta de trabajadores y trabajadoras que tenían al 31 de diciembre de 2019″.
- «Durante la vigencia del artículo 1º, las empresas productoras no accederán al mercado de cambios para la formación de activos externos ni adquirirán títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera o transferencia de custodia al exterior».