Por Vicente Serra Marchese
Después de varias semanas de negociaciones, el presidente Mauricio Macri anunció el 31 de julio el traspaso de las distribuidoras Edenor y Edesur a la Provincia y a la Ciudad de Buenos Aires, luego que los gobernadores peronistas lo plantearon como requisito para cumplir con un plan de ajuste del gasto público.
El presidente consignó: “Le estamos traspasando Edenor y Edesur a la provincia de Buenos Aires porque es más justo, porque es la manera de ir equilibrando el gasto estatal, para que el Estado no se vuelva una mochila». Luego explicó “que durante los gobiernos kirchneristas se produjo un gran desfasaje en las tarifas con respecto al interior y que por eso las subas más fuertes se produjeron en el área metropolitana, para equilibrar los costos y reconocer el verdadero valor de la energía».
«En dos años vamos a ser exportadores netos de energía. Hemos dado vuelta la curva que iba hacia el tacho y ahora vamos hacia arriba. Y eso va a hacer que, cuando haya más gas, el precio baje, porque empiezan a haber más ofertas», agregó. Esta afirmación y expectativa por Vaca Muerta llevarían a una disminución del precio del Mercado Eléctrico Mayorista a contramano de un sendero de precios al alza fijados por este mismo gobierno a nivel del costo de abastecimiento del Mercado Eléctrico Mayorista.
El 12 de octubre Rogelio Frigerio se reunió con la gobernadora bonaerense y el jefe de la ciudad de Buenos Aires y se empezaron a discutir los detalles operativos para que las administraciones de María Eugenia Vidal y Horacio Rodríguez Larreta se hagan cargo del control de las compañías proveedoras de energía eléctrica a partir del 1° enero de 2019.
Este traspaso, de concretarse, permitirá una simplificación de roles, por ejemplo, la subsecretaría de Energía Eléctrica dejaría de tratar miles de expedientes en alzada, relacionados con los cortes de luz en donde se reclama el reintegro por aparatos electrodomésticos que sufrieron desperfectos y el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) rechazó las quejas.
Algunos argumentan que Edelap quedó bajo jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires porque su área de prestación está en su totalidad en territorio provincial, mientras que Edenor y Edesur están bajo jurisdicción nacional porque prestan servicio en el Área Metropolitana de Buenos Aires, pero esa distinción es falaz porque la red de Edelap está interconectada con la red de Edesur y la justificación en la imposibilidad técnica de dividir la red prestacional en el AMBA no es oponible.
Los beneficios del sistema de tarifa social son descuentos sobre el valor de la energía, focalizados en usuarios con ingresos inferiores o iguales a dos salarios mínimos. Lo reciben usuarios de todo el país, no discrimina por provincia ni región, sin embargo, para el caso de que cada provincia se haga cargo del costo de la tarifa social, Buenos Aires seria la provincia más afectada en términos fiscales y además debería iniciar una tarea de homogenización tarifaria entre las distribuidoras de la provincia y las futuras transferencias de las distribuidoras del área metropolitana.
El futuro del ENRE
El ENRE no solo regula el funcionamiento de Edenor y Edesur, sino también el servicio público de transporte eléctrico tanto en extra alta tensión, como en alta tensión a través de las transportistas troncales y sobre los prestadores de la función técnica de transporte. Un tema no menor es la solución de controversias entre agentes del Mercado Eléctrico Mayorista. Su limitación es para actuar sobre el despacho de operación económica del sistema que está en manos del OED (CAMMESA) y de los criterios económicos que la Secretaría de Coordinación de Política Energética establezcan a nivel de los costos de abastecimiento de energía y potencia.
Con la ley de generación distribuida 27.424 impulsada por el diputado Villalonga, se abre un nuevo aspecto no contemplado, hasta el momento, que es el comercio de energía con el Sistema Eléctrico Nacional a nivel residencial mediante el intercambio de energía con la red por medio de recursos renovables. El primer artículo de la ley prescribe su objeto: «Fijar las políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, para su autoconsumo, con eventual inyección de excedentes a la red, y establecer la obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución, sin perjuicio de las facultades propias de las provincias”.
Cabe preguntarse quién es el que debe arbitrar ante una divergencia técnica o comercial entre el usuario generador y el distribuidor de la red a la cual está conectado. Sin duda el ENRE tendrá mucho para hacer en este aspecto y cumplir con el precepto constitucional de nuestro país, el art. 75 inciso 13 confiere competencia exclusiva al Congreso nacional para reglamentar el comercio exterior o interprovincial, lo que implica un “ámbito específicamente federal” y con la ley 27.424 el Congreso ha terminado de definir el alcance del comercio hasta el usuario final.
También el ENRE deberá enfocarse en la reventa de energía en las estaciones de servicio para recarga de autos eléctricos, situación que no está contemplada en la regulación actual y que el ente se encuentra con todas las facultades para hacerla y tender a una tarifa uniforme en todo el país. La competencia federal sobre estas actividades jurisdiccionales a desarrollarse no significará que la reglamentación permita la creación de un ámbito de impunidad, que libere a los poderes locales de intervenir en su justa medida respetando los límites impuestos por el texto constitucional.
Mediante el sistema de cesión, la Nación puede transferir a la Provincia de Buenos Aires y CABA los contratos de concesión con la simple aceptación del concesionario. La cesión no implica ninguna modificación de la ley 24.065 porque simplemente el Estado Nacional renuncia a parte de su jurisdicción y a ello la ley 24.065 no se le opone.Tampoco suspende los principios tarifarios a las cuales las provincias han adherido, el ENRE ha de velar por la razonabilidad de los servicios de la prestación adicional de la función técnica de transportes, de las ampliaciones y por consiguiente del comercio de energía en pos de la equidad e igualdad para cada usuario generador y/o gran usuario consumidor promoviendo la competitividad de las economías regionales, evitando abusos del poder monopólico dominante en el área de la prestación del servicio que impida el comercio interprovincial. Así, por ejemplo, debería interactuar hacia el objetivo de que la energía tenga un valor uniforme en todo el país, con independencia de que la determinación de las tarifas son facultad exclusiva de cada provincia.
La ley 14.772 dice en su artículo 1 que son de jurisdicción nacional los servicios de electricidad interconectados que se prestan en la Capital Federal y en los partidos de Almirante Brown, Avellaneda, Berisso, Brandsen, Cañuelas, Ensenada, Esteban Echeverría, Florencio Varela, Lanús, La Plata, Lomas de Zamora, Magdalena Quilmes, San Vicente, Vicente López, General Las Heras, San Isidro, La Matanza, Tigre, General San Martín, Merlo, Morón, San Fernando, Moreno, Pilar, General Sarmiento, General Rodríguez y Marcos Paz. No obstante, no es necesario modificar ese artículo pues el mismo no fue ningún obstáculo cuando en su momento a la provincia de Buenos Aires los servicios que se prestan en La Plata, Berisso, Brandsen, Cañuelas, Ensenada y Magdalena.
Para realizar el traspaso simplemente hay que repetir el mismo decreto 1853/11 que firmó la presidenta Cristina Fernández de Kirchner para transferir EDELAP: “Artículo 1º — Transfiérase a la Provincia de Buenos Aires la jurisdicción sobre el servicio de distribución de energía eléctrica que presta en su territorio la Empresa Distribuidora La Plata Sociedad Anónima (EDELAP S.A.).” Este decreto no fue cuestionado por ningún jurista o usuario legítimamente involucrado por lo que no hace falta ninguna modificación de las leyes vigentes.
El área de control de concesión de distribución del ENRE debería ser transferido con su personal tanto al OCEBA, estableciendo oficinas regionales, como a la ciudad por el conocimiento de la historia de la red.
La gran vinculación entre ambas empresas y su área de servicio no impide realizar en su contabilidad la división de los activos. En la última RTI y por la subdivisión de los centros de distribución está comprendida toda la información como para realizar una división sin ningún costo económico extraordinario contable. Cuando se avanzó en la desintegración vertical de los tres principales segmentos de la actividad (generación, transporte y distribución), con la división de la distribución en tres grandes empresas, conocidas como Edenor, Edesur y Edelap, la separación de SEGBA no implicó dificultad alguna, ni técnica ni comercial.
En lo que se refiere a las economías de escala, hay que recordar que en la ciudad de Buenos Aires todo el tendido es subterráneo y requiere cada vez de inversiones en la red de alta tensión, por lo tanto, no necesariamente se producirían asimetrías en las tarifas. El crecimiento del área metropolitana no se ha dado naturalmente, es hora en todo caso, de devolver gentilezas.
La transferencia de Edenor y Edesur al ámbito provincial y a la Ciudad Autónoma sería un acto que pondría un pie de igualdad en él tratamiento del Estado nacional con el resto de las provincias y se convertiría en un cepo que evite transferencias de usuarios del interior, hacia el área metropolitana como sucedió en gobiernos anteriores ante congelamientos tarifarios que no fueron aplicados en el interior, incluso en la misma provincia de Buenos Aires.