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Todavía no se precisó a cuántos protege la medida
Reclaman que el Estado financie a los beneficiados por la suspensión de cortes
21 de mayo
2020
21 mayo 2020
A casi dos meses del decreto 311/20, el gobierno todavía no le acercó a las empresas el listado preciso de quiénes están amparados por la norma. La deuda se financiará en 30 cuotas.
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A raíz de la crisis generada por el coronavirus, el gobierno suspendió el 25 de marzo los cortes de los servicios públicos por falta de pago. El decreto contempla una larga lista de sectores potencialmente beneficiados, pero, a casi dos meses de su publicación, el Ministerio de Desarrollo Productivo todavía no le acercó a las empresas el listado preciso de quiénes están amparados por la norma. Las empresas reclaman que el costo de la financiación recaiga sobre el Estado ya que la reglamentación prevé que la deuda se pueda cancelar hasta en 30 cuotas a ser abonadas con las facturas distribuidas a partir del 30 de septiembre.  

Suspensión de cortes

El decreto 311/20 protege a titulares de la Asignación Universal por Hijo, jubilados, pensionados y trabajadores que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos, monotributistas de las categorías más bajas, desempleados, electrodependientes y pequeñas y medianas empresas, entre otros. Desde un comienzo se sabía que la implementación no iba a ser una tarea sencilla porque las empresas no tienen toda esa información acerca de sus clientes. Por lo tanto, es el Estado Nacional el que debe facilitar un listado de beneficiarios.

Listado pendiente

La resolución 173/20, que avanzó en la reglamentación del decreto, creó una Unidad de Coordinación presidida por el Ministerio de Desarrollo Productivo que encabeza Matías Kulfas, a la cual le fijó la obligación de producir en un plazo máximo de 15 días corridos, a contar desde la publicación de la norma, un informe respecto de la cantidad de usuarios alcanzados.

En el gobierno confirmaron a EconoJournal que la Unidad de Coordinación se conformó y que está trabajando en el tema, pero el plazo de entrega del informe venció a comienzos de mayo y todavía no hay novedades.

El decreto 311/20 estableció que las empresas no podrán suspenderles ni cortarles el servicio a los usuarios por mora o falta de pago de hasta 3 facturas consecutivas o alternativas, con vencimientos desde el 1 de marzo. A su vez, dejó en claro que la obligación de no cortar a aquellos que no hayan pagado las tres facturas rige por un plazo de 180 días.

Plan de pagos

El decreto precisó también que las empresas prestadoras de los servicios deben otorgar a los usuarios “planes de facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas”, conforme a las pautas que establezcan oportunamente el Ministerio de Desarrollo Productivo y los respectivos entes reguladores.

En el artículo 6 de la resolución 173/20 se dio un paso más en esa dirección al precisar que la deuda debe ser cancelada en 30 cuotas mensuales iguales y consecutivas, comenzando la primera de ellas con la primera factura regular a ser emitida por las distribuidoras a partir del 30 de septiembre.

En el mismo artículo se aclaró que “la financiación descripta en el párrafo precedente devengará intereses en función de las tasas que defina la Unidad de Coordinación”, pero esa tarea por ahora también permanece pendiente.

Preocupación empresaria

Si bien la mayoría de las empresas no realizaron cortes por falta de pago, reclaman que el gobierno precise cuál es el universo de beneficiarios para evitar posibles abusos de usuarios que no están amparados en la norma, pero igual no pagan. “El universo de beneficiarios todavía es una incógnita, aunque en un escenario de máxima podría llegar a alcanzar al 40 por ciento de los clientes residenciales”, advirtió una fuente del sector gasífero. 

Si bien quien no paga acumula una deuda, la financiación en 30 cuotas es tentadora para el conjunto de los clientes porque con la inflación actual se podría terminar licuando rápidamente.

Del lado empresario advierten, no solo que es necesario precisar el registro de beneficiarios, sino también que el Estado se haga cargo del costo de la financiación. “En el caso del gas, caída de la demanda fue del 25 por ciento, la recaudación oscila entre el 70 y 80 por ciento y los precios permanecen congelados hace más de un año. Es imposible pensar que la caja de las empresas van a estar en condiciones de financiar esos planes de pago en el contexto actual”, señaló una fuente del sector.

Por el lado de las eléctricas el planteo es similar. “Es ridículo que el financiamiento lo tengan que ofrecer las empresas. Si el Estado quiere dar subsidios se tiene que hacer cargo de esos subsidios. De lo contrario, van a terminar poniendo bajo mucho stress a las distribuidoras, las cuales vienen brindando un servicio vital en medio de una emergencia”, agregó a Econojournal otra fuente empresaria.

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