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REGIRÁ A PARTIR DE 2025
Cuáles son los lineamientos que estableció el ENRE para la revisión tarifaria integral de las transportistas eléctricas
22 de abril
2024
22 abril 2024
Las transportistas deberán presentar sus propuestas ante el ENRE y solicitar la aprobación del cuadro tarifario, que será válido por un período de cinco años y comenzará a regir el 1 de enero de 2025. La remuneración que propongan las compañías deberá reflejar el costo económico de los recursos involucrados en la función de transporte y deberán ir en línea con la sostenibilidad y la eficiencia productiva.
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El Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) aprobó el Programa de revisión tarifaria 2024 para las transportistas eléctricas, a través de la resolución N° 223 publicada la semana pasada en el Boletín Oficial a fin de actualizar los precios del segmento de transporte.

En la normativa, que lleva la firma del interventor del ente, Darío Arrué, se señala que mediante el artículo 3 del decreto N°55 se determinó el inicio de la revisión tarifaria y se estableció que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes no podrá exceder del 31 de diciembre de 2024.

En el texto se detalla que Transener, Transba, Transpa, Distrocuyo, Epen, Transnea, Transnoa y Transcomahue deberán solicitar la aprobación del cuadro tarifario, el cual será válido por un período de cinco años que comenzará el 1 de enero de 2025.

Las compañías deberán presentar toda la documentación que fundamente su propuesta para establecer las nuevas tarifas, sumado a los requerimientos del ente, que luego dictaminará la entrada en vigencia de los nuevos cuadros.

Tarifas

En la resolución, se establece que la remuneración que propongan las transportistas deberá reflejar el costo económico de los recursos involucrados en la función de transporte de energía eléctrica. También, que deberán ir en línea con la sostenibilidad y la eficiencia productiva.

Desde el organismo regulatorio precisaron que las tarifas proveerán a las compañías la oportunidad de obtener ingresos suficientes para satisfacer los costos operativos razonables aplicables al servicio, impuestos, amortizaciones y una tasa de rentabilidad que guarde relación con el grado de eficiencia y eficacia operativa de la empresa, y ser similar a la de otras actividades de riesgo similar o comparable nacional e internacionalmente, en la medida en que las empresas operen en forma económica y prudente.

Además, que la tarifa deberá asegurar el mínimo costo razonable para los usuarios, compatible con la obligatoriedad de suministro.

Inversiones

La realización del plan de inversiones que surja de la aprobación de la revisión tarifaria será objeto de un control por parte del ENRE. Las transportistas tendrán la posibilidad de proponer modificaciones al procedimiento, siempre que demuestren que se mejora el control físico del plan de inversiones y se logra un régimen de sanción que estimule la inversión en el mantenimiento y la mejora de la calidad.

Las compañías deberán presentar los planes de inversión que serán considerados obligatorios para los próximos cinco años posteriores a la entrada en vigencia de la revisión tarifaria, desagregando los montos destinados para reposición, para alcanzar la calidad objetivo y para la seguridad pública y ambiental. Al mismo tiempo, estimarán para el próximo período tarifario los costos de operación y mantenimiento, y administración estrictamente necesarios para proveer el servicio al mínimo costo compatible con un nivel determinado de calidad de la prestación.

Estos costos se estimarán por tipo de equipamiento, es decir, conexión, transformación, compensación de reactivo, capacidad de transporte, automatismos, etc. Para su desagregación, se tendrá en cuenta los criterios y rubros definidos en el Sistema de la Contabilidad Regulatoria.

Cálculo de ingresos

Las transportistas determinarán el requerimiento de ingresos utilizando el método de flujos de fondos descontado de forma de cumplir con la condición de equilibrio. Allí se tendrá en cuenta el capital inicial, los ingresos requeridos, los costos operativos, las inversiones y los impuestos.

En cuanto a la tasa de rentabilidad, El ENRE calculará el costo de capital, según la metodología del WACC (Weighted Average Cost of Capital), que define el valor de la tasa de rentabilidad como el promedio ponderado entre el capital aportado por los accionistas (capital propio) y el capital de terceros (deudas con entidades financieras y bonos corporativos), según precisaron.

Sanciones

En el documento, se indica que se aplicará un régimen de sanciones por incumplimientos de las exigencias mínimas en materia de calidad por parte de las compañías, que podrán ser progresivamente crecientes en el transcurso del período tarifario. A su vez, que habrá un régimen sancionatorio por incumplimientos en el plan de inversiones de cumplimiento obligatorio determinado en la revisión tarifaria.

El ENRE definirá cuál será el valor de las penalizaciones que induzca a la mejora de la operación y mantenimiento, estimule la inversión en el mantenimiento y la mejora de la calidad, minimizando la ocurrencia de fallas. También, establecerá un esquema de ajuste de sanciones y premios.

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